Decreto 1/2016, de 16 de febrero, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se modifica el Decreto 24/2015, de 7 de agosto, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears
Sección | I. Disposiciones generales |
Emisor | PRESIDENCIA DE LAS ILLES BALEARS |
Rango de Ley | Decreto |
El Decreto 24/2015, de 7 de agosto, de la presidenta de las Illes Balears, establece las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
En estos momentos se considera conveniente introducir algunas modificaciones al Decreto 24/2015 para mejorar la delimitación material de las competencias asignadas a las consejerías.
Por ello, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 11 c y 38.3 a de la Ley 4/2001, de 14 de marzo, del Gobierno de las Illes Balears, y 5 y 8 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, dicto el siguiente
DECRETO
Modificación del Decreto 24/2015, de 7 de agosto, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears
-
Se modifica la letra a del apartado 4 del artículo 2 del Decreto 24/2015, de 7 de agosto, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, que queda redactado del siguiente modo:
-
Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros: planificación educativa; coordinación de las infraestructuras y de los servicios educativos; régimen orgánico y funcionamiento de los centros docentes; centros concertados y centros privados; educación a distancia no universitaria; gestión de títulos académicos y convalidaciones; escolarización; ordenación de las enseñanzas; evaluación del sistema educativo; enseñanzas de régimen especial; enseñanza del catalán, normalización lingüística en el ámbito educativo y concesión de la exención de la evaluación de la lengua y literatura catalanas; gestión del GESTIB; evaluación y calidad del sistema educativo.
-
-
Se modifican las letras b y d del apartado 6 del artículo 2 del Decreto 24/2015, de 7 de agosto, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, que quedan redactadas del siguiente modo:
-
Dirección General de Salud Pública y Participación: promoción de la salud; vigilancia epidemiológica, análisis y evaluación del estado de salud de la población, de las enfermedades y del impacto en salud de las políticas públicas; promoción para la reducción de las desigualdades en salud por razón de género, de territorio, de clase social y de cultura para favorecer a los colectivos más desprotegidos; participación de los ciudadanos y ciudadanas, de los profesionales y de las asociaciones de pacientes...
-
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba