Orden Foral 598/2013, de 4 de diciembre, de aceptación del cumplimiento de las condiciones no sustanciales impuestas por la Orden Foral 397/2012, de 3 de agosto, de aprobación definitiva parcial y suspensión del expediente de Plan General de Ordenación Urbana del municipio de Aramaio

SecciónDisposiciones Administrativas
EmisorDepartamento de Medio Ambiente y Urbanismo
Rango de LeyOrden foral

I.- ANTECEDENTES

Primero.- Mediante Orden Foral 397/2012, de 3 de agosto, de la Diputada Foral de Medio Ambiente y Urbanismo se dispuso: I.- Aprobar definitivamente el expediente de Plan General de Ordenación Urbana del municipio de Aramaio con las siguientes modificaciones:

  1. Se desclasificará como suelo urbanizable el sector de actividades económicas IB-13, cuyos terrenos pasarán a ser clasificados como suelo no urbanizable en la categoría que corresponda, de acuerdo con el fundamento segundo. b) Se desclasificará como suelo urbano el área IB-10, cuyos terrenos podrán clasificarse como suelo urbanizable, incluyendo el sector que delimite las parcelas existentes entre la citada área y la carretera A-2620, previa solución del acceso viario desde dicha carretera, de acuerdo con el fundamento segundo. c) Se introducirán, tanto en la documentación gráfica como escrita, las modificaciones que se han explicitado en los fundamentos de la presente Orden Foral. II.- Suspender la aprobación definitiva del Plan General de Orde -nación Urbana de Aramaio en relación con los núcleos rurales del municipio incluidos en el Inventario aprobado por la Diputación Foral de Álava, a fin de proceder al reestudio de las delimitaciones apro -badas, de acuerdo con el fundamento tercero, punto 3.4.

Asimismo, se suspende la aprobación definitiva del Plan en relación al núcleo de Oleta, debiendo el Ayuntamiento proceder a la clasificación como suelo urbano de aquellos terrenos que cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 11 de la Ley 2/2006, de 30 de junio, de Suelo y Urbanismo, de acuerdo con el fundamento tercero, punto 3.5. III.- Las modificaciones establecidas en los apartados a y b del punto primero, así como la suspensión relativa a los núcleos rurales y el núcleo de Oleta, son sustanciales, por lo que el Ayuntamiento de Aramaio deberá someter a información pública las nuevas propuestas referidas al área IB-10, a los núcleos rurales y el núcleo de Oleta, así como la desclasificación del sector IB-13.

Una vez elaborado el documento que contenga las modificaciones resultantes del cumplimiento de la presente Orden Foral, se elevará el expediente a la Diputación Foral de Álava para su diligenciación y publicación.

Segundo.- Con fecha 10 de mayo de 2013 y nº 8352 se recibió en el Registro General de la Diputación Foral de Álava un escrito del Ayuntamiento de Aramaio dando traslado de la aprobación municipal en fecha 14 de febrero de 2013 de la documentación del PGOU, redactada para el cumplimiento de las modificaciones no sustanciales impuesta por la Orden Foral 397/2012, de 3 de agosto, solicitando la publicación de la normativa general aplicable, así como la normativa de los ámbitos de ordenación pormenorizada...

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