Por no haberse podido cumplimentar la notificación correspondiente a don Mohammad Ben Dlala, procede publicar, a los efectos del artículo 59.5 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, ...

SecciónAdministración Local del Territorio Histórico de Bizkaia
EmisorAyuntamiento de Bilbao

Por no haberse podido cumplimentar la notificación correspondiente a don Mohammad Ben Dlala, procede publicar, a los efectos del artículo 59.5 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, la Resolución Municipal adoptada con fecha 3 de octubre de 2011 en el expediente de signatura 11-1286-000024 cuyo contenido literal es el siguiente:

Por la presente se notifica a Mohammad Ben Dlala, que la infrascrita Instructora del expediente sancionador que le fuera incoado mediante Resolución de 15 de julio de 2011, por incumplimiento de normativa medioambiental, propone según informe del que se da traslado, le sea impuesta una sanción de multa de 300 euros.

Asimismo se le concede un plazo de alegaciones de quince dias, con carácter previo a la resolución del expediente sancionador, durante los cuales se podrá consultar y obtener copias de los documentos que obren en el mismo.

Dicha resolucion viene motivada por el informe la Jefa de la Sección Jurídica de Medio Ambiente de 3 de octubre de 2011, que se reproduce a continuación:

Por Resolución de fecha 15 de julio de 2011, se acordó incoar expediente sancionador contra don Mohammad Ben Dlala, titular del vehículo con matrícula 0112-CFR, como consecuencia de vulnerar lo establecido en el artículo 85 de la Ordenanza Municipal de Protección del Medio Ambiente, al generar el vehículo que conducía ruido gratuito y fácilmente evitable.

En fecha 19 de septiembre de 2011 se le notifica la Resolución de incoación del expediente sancionador y en el plazo de quince días conferido, se presentan alegaciones que deben ser desestimadas en base a los siguientes fundamentos:

Primero.-El artículo 107 de la Ley 3/1998 de 27 de febrero, de protección general del Medio Ambiente, destaca la presunción de certeza y el valor probatorio de las actas de inspección. En el acta de la Policía Municipal de 21 de mayo de 2011 (número de denuncia 36208-11) se deja constancia de que el vehículo con matrícula 0112-CFR se encontraba a las 23:55 horas en la Calle Particular de Olagorta con la música excesivamente alta, resultando audible a unos 30 metros y llegando a retumbar al suelo.

Segundo.-A pesar de no ser el propietario del vehículo con matrícula 0112-CFR, Don Mohammad Ben Dlala fue identificado por la Policía Municipal en inspección realizada en la Calle Olagorta el día 21 de mayo de 2011 a las 23:55 horas. Por lo tanto...

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