Resolución y texto del acuerdo de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de la empresa EULEN Servicios Sociosanitarios S.A. y los trabajadores del Centro Gámez Morón de la Ciudad Autónoma de Melilla.

SecciónMINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
EmisorDelegación del Gobierno en Melilla. Area Funcional de Empleo y Seguridad Social

VISTO el Acuerdo de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo del Centro Gámez Morón de la Ciudad Autónoma de Melilla, suscrito por los reprersentantes de la empresa y por la representación de los trabajadores, reunión celebrada el día 17 de febrero de 2011.

PRIMERO.- Que dicho Acuerdo fue presentado en el Área Funcional de Empleo y Seguridad Social de esta Delegación del Gobierno en Melilla, el día 27 de enero 2012.

SEGUNDO.- Que en el mismo no se aprecia ninguna infracción de la legalidad vigente y sus claúsulas no contienen estipulaciones en perjuicio de terceros.

FUNDAMENTOS DE DERECHO PRIMERO.- Que el Área Funcional de Empleo y Seguridad Social integrada en esta Delegación del Gobierno en Melilla es competente para resolver la presente solicitud, en virtud del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de los convenios y acuerdos colectivos de trabajo.

SEGUNDO.- Que el artículo 90.2 y 3 del Real Decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo, del estatuto de los Trabajadores, otorga facultades a la Autoridad laboral competente en orden al registro, publicación, depósito y notificación de los Acuerdos Colectivos pactados en el ámbito de su competencia.

EL ÁREA FUNCIONAL DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL INTEGRADA EN LA DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN MELlLLA ACUERDA 1°.- Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios de este Área Funcional de Empleo y Seguridad Social, así como el subsiguiente depósito del texto y demás documentación original.

  1. - Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla- BOME3°.- Ordenar se notifique esta Resolución a la Mesa Negociadora del mismo.

LA DIRECTORA DEL ÁREA FUNCIONAL DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.

DIRECTORA DEL ÁREA FUNCIONAL DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, ANTONIA BASANTE ORTIZ.

ACTA con fecha 26 de octubre 2011.

Reunidas las partes negociadoras del Convenio Colectivo de los trabajadores del Centro Gámez Morón de Melilla:

el Comité de empresa y los sindicatos UGT y Federación de Enseñanza de CCOO por la parte social, y Eulen Servicios Sociosanitarios por la parte empresarial, A C U E R D A N:

PRIMERO:

Con efectos de 1 de enero de 2010 se incrementarán las tablas salariales un 1'05% hasta la categoría de Cuidador -excluida ésta- y de un 1'25% a partir de la categoría de Cuidador -incluida ésta-, respecto a las tablas salariales contenidas en el último Convenio colectivo del Centro Gámez Morón.

SEGUNDO:

Con efectos de 1 de enero de 2011 se incrementarán el 0'6% hasta la categoría de Cuidador -excluida ésta- y de un 0'8% a partir de Cuidador -incluida ésta-, respecto de las tablas salariales del año 2010.

TERCERO:

La actualización de los conceptos retributivos se realizará en la nómina de noviembre 2011 y el abono de los atrasos desde el 01 de enero 2010 hasta el 31 de octubre 2011 se efectuará antes del 31 de diciembre 2011.

CUARTO:

Este Acuerdo retributivo extiende su vigencia temporal desde el 1 de enero de 2010 hasta el 31 de diciembre de 2011.

QUINTO:

Aceptar la aplicabilidad del XIII Convenio Colectivo General de Centros y Servicios de atención a personas discapacitadas suscrito el 23 de junio de 2010 y publicado en el BOE de 16 de agosto de 2010, registrado con código 9900985, con la salvedad de las tablas salariales que en él se recogen y sin que pueda registrarse modificación alguna en su contenido normativo por la negociación o eventual aplicación de un nuevo Convenio de ámbito General.

Las tablas salariales de aplicación serán las que se anexan al presente acuerdo.

Las partes firmantes redactarán el texto definitivo que será de aplicación a los trabajadores del Centro C.A.M.P. Gámez Morón, y que será registrado para su publicación.

SEXTO:

Remitir a la Comisión de Vigilancia e Interpretación del Convenio, integrada por los mismo miembros que suscriben, situada en la Plaza 1º de Mayo, nº1, 3ª planta, FE-CCOO de Melilla, las matizaciones que procedan y sobre las que existen, en principio, acuerdo.

SEPTIMO:

Excluir del Convenio Colectivo General aquellas disposiciones que tengan aplicación especifica a cualquier actividad distinta de las que se desarrollan en el Centro Gámez Morón de Melilla.

I CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA EULEN SERVICIOS SOCIOSANITARIOS S.A.

Y LOS TRABAJADORES DEL CENTRO GÁMEZ MORÓN DE LA CIUDAD DE MELILLA P R E A M B U L O Reunida la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo del Centro Gámez Morón de la Ciudad Autónoma de Melilla, cuya actividad principal se dedica a la atención de personas con discapacidad, y compuesta ésta por la representación de Eulen Servicios Socisanitarios S.A. como empresa y por el Comité de Empresa, el sindicato UGT y la Federación de Enseñanza de CCOO como representación de la parte social, acuerdan suscribir el siguiente Convenio Colectivo al amparo del Estatuto de los Trabajadores y demás normativa vigente.

Componen la Comisión Negociadora los siguientes miembros:

- Mª Teresa Fernández Fernández (Eulen Servicios Sociosanitarios S.A.).

- Mónica Rico López (Eulen Servicios Sociosanitarios S.A.).

- José Manuel Vidal Pérez(UGT) - Ricardo Jimeno Díaz (CCOO) - Habiba Mimón Alí (Comité de Empresa) - Noelia Haro Martínez (Comité de Empresa) - Ouardani El-Mansouri (Comité de Empresa) - José Miguel Pomares Galindo (Comité de Empresa) TÍTULO I. Condiciones generales CAPÍTULO I. Disposiciones generales, ámbito y Comisión Paritaria

Artículo 1 Estructura de la negociación colectiva en el sector El presente Convenio Colectivo se ha negociado al amparo del artículo 83 y concordantes del Estatuto de los Trabajadores, y articula la negociación colectiva en el centro GAMEZ MORON de Melilla.
Artículo 2 Ámbito territorial Este Convenio será de aplicación al Centro GAMEZ MORON de Melilla, sin que resulte de aplicación a los mismos ningún otro convenio de sector.
Artículo 3 Ámbito funcional El presente Convenio afectará a todas las empresas que gestionen el servicio que se presta en el Centro GAMEZ MORON de Melilla.
Artículo 4 Ámbito personal Este Convenio será de aplicación a todos los trabajadores y trabajadoras que presten sus servicios en los centros y empresas incluidos en el ámbito funcional del mismo.
Artículo 5 Ámbito temporal El presente convenio entrará en vigor con efecto retroactivo al 1 de enero de 2010, extendiéndose su ámbito temporal hasta 31 de diciembre de 2011

En aquellos artículos para los que se acuerde otra vigencia se expresará la fecha de entrada en vigor en el mismo.

Artículo 6 Denuncia y prórroga De no mediar denuncia del presente Convenio por cualquiera de las partes firmantes, con al menos dos meses de antelación a la finalización del plazo de vigencia regulado en el artículo anterior, se prorrogará tácitamente por períodos anuales

No obstante, las condiciones económicas serán negociadas anualmente y entrarán en vigor el día 1 de enero de cada año.

Artículo 7 Derecho supletorio Las normas contenidas en este convenio regularán las relaciones entre la empresa y su personal

Para lo no previsto en este convenio se estará a lo establecido en el Estatuto de los Trabajadores, Ley Orgánica de Libertad Sindical y demás disposiciones laborales de carácter general.

Artículo 8 Vinculación a la totalidad

Absorción Las condiciones pactadas en este convenio forman un todo indivisible y anula, deroga y sustituye al Convenio Colectivo de la empresa Clece S.A. con el personal que presta sus servicios en el centro Gámez Morón de Melilla publicado en el BOME de fecha 4 de marzo 2005 así como el Acuerdo suscrito en fecha 29 de octubre 2008 por la partes negociadoras del convenio del...

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