Convalidació Resolución núm. 2020/1969 de aprobación del expediente de modificación de crédito 33/2020 por suplemento de crédito financiado con remanente de tesorería para gastos generales, destinado a financiar gastos en Servicios Sociales y promoción social de la política de gasto 23 por efecto de la crisis sanitaria de COVID-19, lo cual se publica a efectos del artículo 20.2 del Real decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el cual se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19
Sección | I. Disposiciones generales |
Emisor | AYUNTAMIENTO DE ALCUDIA |
Rango de Ley | Ley |
El Pleno del Ayuntamiento de Alcúdia, en sesión celebrada el 19 de noviembre de 2020, adoptó entre otros el siguiente acuerdo:
Convalidar la Resolución núm. 2020/1969 de aprobación del expediente de modificación de crédito 33/2020 por suplemento de crédito financiado con remanente de tesorería para gastos generales, destinado a financiar gastos en Servicios Sociales y promoción social de la política de gasto 23 por efecto de la crisis sanitaria de COVID-19, por un importe de 208.000,00 €, lo cual se publica a efectos del artículo 20.2 del Real decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el cual se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19.
Suplemento de crédito
PARTIDA | DESCRIPCIÓN | CRÉDITO ACTUAL | AUMENTO | CRÉDITO DEFINITIVO |
BS 231 221051 | Banco de alimentos y productos básicos | 12.000,00 | 150.000,00 | 162.000,00 |
BS 231 226992 | Gastos Covid 19 Benestar Social | 6.000,00 | 58.000,00 | 64.000,00 |
208.000,00 |
El importe de la modificación de crédito se financia con el remanente líquido de tesorería para gastos generales, calculado de conformidad con lo establecido en las Reglas 81 a 86 de la Instrucción de Contabilidad:
CONTROL DEL REMANENTE DE TRESORERIA PARA GASTOS GENERALES (RTGG) | IMPORTE |
Remanente Inicial: | 88.038.438,88 |
Remanente Utilizado: | |
-Incorporación de Remanentes: | 336.004,90 |
-Créditos Extraordinarios: | 1.636.798,56 |
-Suplemento de Créditos: | 367.609,14 |
Remanente Líquido de Tesorería Disponible: | 85.698.026,28 |
Total Remanente utilizado en esta modificación: | 208.000,00 |
Remanente Líquido de Tesorería Disponible: | 85.490.026,28 |
Contra el presente acuerdo, en virtud de lo que se dispone en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de esta Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de este recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
Alcudia, 19 de noviembre de 2020
La alcaldesa
Bàrbara Rebassa Bisbal