Convalidació Resolución núm. 2020/1969 de aprobación del expediente de modificación de crédito 33/2020 por suplemento de crédito financiado con remanente de tesorería para gastos generales, destinado a financiar gastos en Servicios Sociales y promoción social de la política de gasto 23 por efecto de la crisis sanitaria de COVID-19, lo cual se publica a efectos del artículo 20.2 del Real decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el cual se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19

SecciónI. Disposiciones generales
EmisorAYUNTAMIENTO DE ALCUDIA
Rango de LeyLey

El Pleno del Ayuntamiento de Alcúdia, en sesión celebrada el 19 de noviembre de 2020, adoptó entre otros el siguiente acuerdo:

Convalidar la Resolución núm. 2020/1969 de aprobación del expediente de modificación de crédito 33/2020 por suplemento de crédito financiado con remanente de tesorería para gastos generales, destinado a financiar gastos en Servicios Sociales y promoción social de la política de gasto 23 por efecto de la crisis sanitaria de COVID-19, por un importe de 208.000,00 €, lo cual se publica a efectos del artículo 20.2 del Real decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el cual se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19.

Suplemento de crédito

PARTIDA DESCRIPCIÓN CRÉDITO ACTUAL AUMENTO CRÉDITO DEFINITIVO
BS 231 221051 Banco de alimentos y productos básicos 12.000,00 150.000,00 162.000,00
BS 231 226992 Gastos Covid 19 Benestar Social 6.000,00 58.000,00 64.000,00
208.000,00

El importe de la modificación de crédito se financia con el remanente líquido de tesorería para gastos generales, calculado de conformidad con lo establecido en las Reglas 81 a 86 de la Instrucción de Contabilidad:

CONTROL DEL REMANENTE DE TRESORERIA PARA GASTOS GENERALES (RTGG) IMPORTE
Remanente Inicial: 88.038.438,88
Remanente Utilizado:
-Incorporación de Remanentes: 336.004,90
-Créditos Extraordinarios: 1.636.798,56
-Suplemento de Créditos: 367.609,14
Remanente Líquido de Tesorería Disponible: 85.698.026,28
Total Remanente utilizado en esta modificación: 208.000,00
Remanente Líquido de Tesorería Disponible: 85.490.026,28

Contra el presente acuerdo, en virtud de lo que se dispone en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de esta Jurisdicción.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de este recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.

Alcudia, 19 de noviembre de 2020

La alcaldesa

Bàrbara Rebassa Bisbal

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