Decreto Foral 55/2011, del Consejo de Diputados de 13 de septiembre, que aprueba las Normas de valoración catastral de los bienes inmuebles de características especiales.

SecciónDisposiciones Administrativas
Rango de LeyDecreto foral

El Decreto Normativo de Urgencia Fiscal 7/2006, del Consejo de Diputados de 5 de diciembre, incorporo al sistema tributario del Territorio Histórico de Álava una tercera categoría de bienes que no existía hasta el momento en la Norma Foral 42/1989, de 19 de julio, del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, los bienes inmuebles de características especiales.

Anteriormente a la incorporación de esta nueva categoría de bienes, aquellos inmuebles que excedían del ámbito territorial de un municipio o cuyas características especiales impedían su valoración, de acuerdo con el procedimiento establecido con carácter general en las normas técnicas incluidas en el Decreto Foral 2/1994, de 18 de enero, se individualizaba en la Ponencia de Valores el procedimiento especifico para su valoración, concretándose los inmuebles a los que dicho procedimiento era de aplicación.

La incorporación de estos bienes de características especiales como una nueva categoría de bienes distinta de los bienes inmuebles de naturaleza urbana, hace necesario que, reglamentariamente, se establezcan los criterios legales que permitan determinar su valor catastral.

El presente Decreto Foral establece aquellas singularidades que resultan imprescindibles, indicando que se realizará una valoración singularizada, conforme al método valorativo que prevea la correspondiente ponencia de valores. No obstante y allí donde sea posible, dispone la aplicación de idénticas reglas de valoración que las establecidas para los inmuebles rústicos y urbanos.

Visto el informe emitido al respecto por el Servicio de Normativa Tributaria y el emitido por la Comisión Consultiva.

En su virtud, a propuesta del Diputado de Hacienda, Finanzas y Presupuestos, y previa deliberación del Consejo de Diputados en Sesión celebrada en el día de hoy,

DISPONGO

Artículo 1 Objeto y ámbito de aplicación.
  1. Es objeto del presente Decreto Foral la aprobación de las normas aplicables para la determinación del valor catastral de los bienes inmuebles de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR