Decreto Foral 51/2007, del Consejo de Diputados de 26 de junio, que aprueba la convocatoria para la concesión de las subvenciones con destino a los gastos de transporte de los universitarios alaveses en el curso académico 2006-2007.

SecciónDisposiciones Administrativas
EmisorDepartamento de Obras Públicas y Transportes
Rango de LeyDecreto foral

El Servicio de Transportes eleva propuesta de bases reguladoras de las subvenciones destinadas a financiar en parte los gastos de transporte correspondientes al curso 2006/2007 de los estudiantes universitarios alaveses para su tramitación de conformidad con lo dispuesto en la Norma Foral 3/1997, de 7 de febrero, de Subvenciones y Transferencias del Territorio Histórico de Alava y la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

La cuantía de las subvenciones a otorgar asciende a la cantidad de 390.260,00 € , la cual se consignará con cargo a la partida 50.1.07 52.00 460.00.02 "Subvención Transporte Universitario", del Presupuesto de Gastos de la Diputación Foral de Alava de 2006 prorrogado para el ejercicio 2007.

En su virtud, a propuesta del Diputado de Obras Públicas y Transportes, y en aplicación de lo establecido en el artículo 8.4 de la Norma Foral 3/1997, de 7 de febrero, de Subvenciones y Transferencias del Territorio Histórico de Alava, previa deliberación del Consejo de Diputados en Sesión celebrada en el día de hoy

DISPONGO:

Primero. Aprobar la convocatoria de subvenciones destinadas a financiar en parte los gastos de transporte generados a los universitarios alaveses durante el curso académico 2006-2007, por el desplazamiento en transporte público colectivo desde su domicilio a los respectivos centros de estudios, por un importe total de 390.260,00 € consignados con cargo a la partida 50.1.07 52.00 460.00.02 "Subvención Transporte Universitario", del Presupuesto de Gastos de la Diputación Foral de Alava de 2006 prorrogado para el ejercicio 2007 (referencia de contraído: 105-3238/000-07.5.07) con arreglo al procedimiento y condiciones que se establecen en las bases que figuran en documento anexo al presente Decreto Foral.

Segundo. Facultar al Diputado de Obras Públicas y Transportes para la resolución del procedimiento.

Tercero. La resolución sobre las peticiones de subvención se dictará en el plazo máximo de tres meses desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes, y será notificada a los beneficiarios conforme a lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. La falta de resolución expresa producirá efectos desestimatorios.

Cuarto.- Esta Resolución y las que se dicten en ejecución de las bases reguladoras aprobadas, pondrán fin a la vía administrativa.

En Vitoria-Gasteiz, a 26 de junio de 2007.- El Diputado General, RAMÓN RABANERA RIVACOBA.- El Diputado de Obras Públicas y Transportes, JAVIER DE ANDRÉS GUERRA.- El Director de Obras Públicas y Transportes, PEDRO JOSÉ GARCÍA FERNÁNDEZ.

Anexo I BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A LOS...

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