Resolución de concesión de la ayuda económica regulada en el programa de recualificación profesional.

SecciónAdministración General del Estado
EmisorMinisterio de Empleo y Seguridad Social

Servicio Público de Empleo Estatal (Unión Europea Fondo Social Europeo).-Por Resolución de 15 de febrero de 2011, del Servicio Público de Empleo Estatal, que determina la forma y plazos de presentación de solicitudes y de tramitación para la concesión de ayudas económicas de acompañamiento por la participación en el programa de recualificación profesional de las personas que agoten su prestación por desempleo, establecidas en el Real Decreto-ley 1/2011, de 11 de febrero, de medidas urgentes para promover la transición al empleo estable y la recualificación de las personas desempleadas.

Por Resolución de 30 de agosto de 2011, del Servicio Público de Empleo Estatal, que desarrolla el Real Decreto-ley 10/2011, de 26 de agosto, que prorroga las ayudas económicas de acompañamiento anteriormente reseñadas.

Y mediante Resolución de 15 de febrero de 2012, del Servicio Público de Empleo Estatal, que desarrolla el Real Decreto-ley 20/2011, de 30 de diciembre, que prorroga las ayudas económicas de acompañamiento anteriormente reseñadas.

Vistas las solicitudes presentadas, habiéndose observado todos los trámites del procedimiento y verificado el cumplimiento de los requisitos legalmente establecidos, esta Dirección Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal por delegación de la Directora General de este Organismo de conformidad con lo establecido en el artículo octavo de las citadas Resoluciones.

Asimismo, vista la propuesta de concesión y con la fiscalización favorable de la Intervención Delegada competente,.

ACUERDA:

Conceder a los solicitantes que se relacionan en el anexo I de la presente resolución, las ayudas que en el mismo se especifican, con expresión individualizada de su cuantía, ascendiendo el importe total de las ayudas a 1.054.363,20 euros.

Las actividades a desarrollar por los beneficiarios serán las que establezcan los respectivos Servicios Públicos de Empleo de las Comunidades Autónomas dentro de los itinerarios personalizados de inserción diseñados al respecto.

La cuantía máxima a percibir por los beneficiarios de estas ayudas será la establecida en el artículo quinto de la Resolución de 15 de febrero y 30 de agosto antes mencionadas.

El pago de la ayuda reconocida a cada beneficiario, queda condicionado al cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo cuarto, en relación con el artículo noveno de ambas Resoluciones, percibiéndose la misma por cada beneficiario por un período máximo de seis meses desde que se hubiera presentado la solicitud.

Según lo previsto en el artículo segundo, número 3, de las citadas Resoluciones, estas ayudas pueden ser objeto de justificación para su cofinanciación por el Fondo Social Europeo, previo cumplimiento de los requisitos establecidos por la normativa nacional y comunitaria.

Todo ello con cargo a la aplicación presupuestaria 482.26 del presupuesto de gastos del Servicio Público de Empleo Estatal, en la que existe crédito adecuado y suficiente retenido por el mismo importe antes mencionado.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso de alzada ante la Ministra de Empleo y Seguridad Social, en el plazo y términos establecidos en los artículos 114 a 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Anexo 1 de la resolución de concesión correspondiente al mes de abril de 2012 .

Beneficiario Importe ¤.

AARRAR , MOHAMMED 2396,28 .

ABAROA GARCIA, IRATI 2396,28 .

ABASOLO EMALDI, ASIER 2396,28 .

ABASOLO LASANTA, JAGOBA 2396,28 .

ABBOUTI , HAKIM 2396,28 .

ABDERRAHMANE , MOURAD 2396,28 .

ACHURRA LLAGUNO, SHEILA 2396,28 .

AGIRRE CRESPO, GAIZKA 2396,28 .

AGUILAR BEJARANO, DAVID 2396,28 .

AGUIRREZABALA PRIETO, LIERNI 2396,28 .

AJURIA SARMIENTO, MONIKA 2396,28 .

ALCAZAR ANTUNEZ, MARCO ANTONIO 2396,28 .

ALDANA PEREZ, XABIER 2396,28 .

ALONSO BARCENA, IÑIGO 2396,28 .

ALONSO REDONDO, JOSE LUIS 2396,28 .

ALTUBE HERCE, IBON 2396,28 .

ALVAREZ AGUILERA, RAQUEL 2396,28 .

ALVAREZ CARRANZA, OIER 2396,28 .

ALVAREZ CAZON, IGNACIO 2396,28 .

ALVAREZ VADILLO, JESSICA 2396,28 .

ALVAREZ VARGAS, ALBINO RAFAEL 2396,28 .

AMAIA CASADO, AINHOA 2396,28 .

ANDRES CURIEL, JANIRE 2396,28 .

ANTON , GAVRIL 2396,28 .

ANTUNEZ SANGUINO, RUBEN 2396,28 .

AOUAD ABDESSADI, ADIL 2396,28 .

AQUINO BLOISE, YANDRA YONORIS 2396,28 .

ARECHAGA RODRIGUEZ, ANE 2396,28 .

ARENAS MARTIN, NAGORE 2396,28 .

ARGÜELLES AURREKOETXEA, JOSEBA 2396,28 .

ARRATE AMUTXASTEGI, IGNACIO 2396,28 .

ARRIBAS RODRIGUEZ, PABLO 2396,28 .

ARRIZABALAGA MARTIN, JON 2396,28 .

ASTOLA GUISASOLA, ELIXABET 2396,28 .

AVILES RUIZ, DEIENE 2396,28 .

AZCARATE RAMOS, JANIRE 2396,28 .

BA , SOULEYE 2396,28 .

BAH BAH, ALPHA BACAR 2396,28 .

BAKAMBANA NSUNDA, KAZA 2396,28 .

BALLESTEROS CASTILLA, YAIZA 2396,28 .

BALSERA CUADRADO, MIGUEL 2396,28 .

BARBOSA GARCIA, GARIKOITZ 2396,28 .

BARCALA MUÑOZ, JAIR 2396,28 .

BARRENA RUESGA, IGOTZ 2396,28 .

BARTOLOME SOLABARRIA, TAMARA 2396,28 .

BASTERRECHEA CARRO, LOURDES 2396,28 .

BECERRA MOLINA, JOSE MARIA 2396,28 .

BELAROUI , ABDELKADER 2396,28 .

BELTRAN GARCIA, CARLOS 2396,28 .

BENITO DE LA FUENTE, ALICIA 2396,28 .

BENITO TREVIJANO, MIGUEL 2396,28 .

BERMEOSOLO LEGARRA, GORKA 2396,28 .

BERNARDO LOPEZ, IRATXE 2396,28 .

BILBAO ASTORQUIZA, AINHOA 2396,28 .

BILBAO GUILLERNA, ANDONI 2396,28 .

BILBAO LOPEZ, LEIRE 2396,28 .

BILBAO TORDABLE, ALAIN 2396,28 .

BIZKARRA ETXEGIBEL, GORKA 2396,28 .

BLANCO BLANCO, JESUS 2396,28 .

BLANCO IGLESIAS, ARMANDO 2396,28 .

BLANCO JAUREGUI, AITOR 2396,28 .

BLASCO IBAÑEZ, FRANCISCA 2396,28 .

BLAZQUEZ PULIDO, JUAN ANTONIO 2396,28 .

BOP , OUSSEYNOU 2396,28 .

BRINGAS REYERO, MARTA 2396,28 .

BUENO MONTALBAN, UZTARITZ 2396,28 .

BURGA CAMPO...

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