Decreto 23/2013, de 28 de octubre, del presidente de las Illes Balears, por el que se modifica el Decreto 6/2013, de 2 de mayo, del presidente de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears

SecciónI. Disposiciones generales
EmisorPRESIDENCIA DE LAS ILLES BALEARS
Rango de LeyDecreto

El Decreto 4/2013, de 25 de enero, del parque móvil de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, tiene por objeto establecer el régimen aplicable al conjunto de vehículos que integran el parque móvil de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, con respecto a su uso, administración, conservación y defensa, así como a los medios materiales vinculados directa o indirectamente a la gestión de dicho parque móvil, de acuerdo con los principios de eficiencia, coordinación y control.

Pues bien, vistas las necesidades actuales con respecto a la prestación de los servicios a los que está destinada la flota de vehículos de la Comunidad Autónoma, es preciso abordar una nueva ordenación de este parque móvil, orientada a una mayor descentralización en determinados aspectos de la gestión, manteniendo la unidad de dirección, de manera que la gestión estrictamente centralizada del parque móvil en los órganos competentes de la Consejería de Hacienda y Presupuestos y, más en concreto, de la Dirección General del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio se limite al parque móvil afectado a los servicios generales, es decir, a los vehículos que tienen que satisfacer las necesidades propias de los servicios ordinarios, administrativos y de representación de los órganos directivos de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y de los organismos autónomos.

Pero la modificación del Decreto 4/2013 en este sentido requiere que, previamente, se modifique el Decreto 6/2013, de 2 de mayo, del presidente de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, a fin de que las competencias de gestión que se atribuyen a la mencionada Dirección General se limiten a este parque móvil de servicios generales.

En consecuencia, de acuerdo con lo previsto en los artículos 11 y 38.3 de la Ley4/2001, de 14 de marzo, del Gobierno de las Illes Balears, y los artículos 5 y 8 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, dicto el siguiente

DECRETO

Artículo único

Modificación del Decreto 6/2013, de 2 de mayo, del presidente de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las...

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