Edicto.-Cédula de citación a juicio y a interrogatorio.-Juicio 951/11

SecciónJuez
EmisorJuzgado de lo Social número 3 de Bilbao (Bizkaia)

Doña Inés Alvarado Fernández, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número 3 de Bilbao.

Hago saber: Que en las actuaciones referenciadas, se ha acordado citar a quien seguidamente se indica, en los términos que también se expresan:

Cédula de citación

En el Juzgado de lo Social número 3 de Bilbao se sigue juicio número 951/11, promovido por Mbaki Nsiku Simeón, sobre cantidad, contra Construcciones y Reformas Vasanne, S.L., en concepto de parte demandada en dicho juicio, al objeto de asistir al acto de conciliación y juicio y, en su caso, responder al interrogatorio solicitado por Mbaki Nsiku Simeón, sobre los hechos y circunstancias objeto del juicio y que el Tribunal declare pertinentes, en la sede de este Juzgado, sito en la calle Barroeta Aldámar, 10, código postal 48001, Sala de Vistas número 10, ubicada en la planta 1.ª, el día 24 de abril de 2012.

El acto de conciliación tendrá lugar, ante el Secretario Judicial, a las 10:55 horas, en la Oficina judicial (6.ª planta).

Si no hubiera avenencia, se pasará a juicio que se celebrará, ante el/la Magistrado/a, a las 11:20 horas, en la Sala de Vistas del Juzgado (1.ª planta).

Advertencias legales

  1. Su incomparecencia injustificada no impedirá la celebración del juicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebeldía (artículo 83.3 de la Ley de Procedimiento Laboral).

    Las siguientes comunicaciones se harán en los estrados del Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento (artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral).

  2. Debe concurrir a juicio con todos los medios de prueba que intente valerse (artículo 82.2 de la Ley de Procedimiento Laboral).

  3. Si pretende comparecer en el juicio asistido de Abogado, o representado por Procurador o Graduado Social colegiado, debe manifestarlo a este Juzgado por escrito dentro de los dos días siguientes a la publicación del presente edicto (artículo 21.2 de la Ley de Procedimiento Laboral).

  4. Si no comparece, y no justifica el motivo de la incomparecencia, el tribunal podrá considerar reconocidos los hechos controvertidos que le perjudiquen (artículo 304 de la Ley 1/2000 de Enjuiciamiento Civil, en relación con el artículo 91 de la Ley de Procedimiento Laboral), además de imponerle, previa audiencia, una multa de entre 180 y 600 euros (artículos 304 y 292.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

  5. La publicación de este edicto sirve de citación en legal forma a la parte demandada, que se encuentra en ignorado...

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