ORDEN FORAL 689/2001, de 18 de julio, en relación con el expediente de Plan Parcial del sector SAPUR9 Bis de las Normas Subsidiarias de Planeamiento del municipio de Amurrio.

SecciónDisposiciones Administrativas
Rango de LeyOrden foral

Diputación Foral de Alava - Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava DocumentoLunes, 13 de Agosto de 2001 , * B.O.T.H.A. Num. 92I - DIPUTACION FORAL DE ALAVA Disposiciones y Resoluciones Administrativas Ordenes ForalesDEPARTAMENTO DE OBRAS PUBLICAS Y URBANISMO Ref. 4.868ORDEN FORAL 689/2001, de 18 de julio, en relación con el expediente de Plan Parcial del sector SAPUR9 Bis de las Normas Subsidiarias de Planeamiento del municipio de Amurrio. "Visto el expediente de Plan Parcial del Sector SAPUR9 Bis de las Normas Subsidiarias de Planeamiento del municipio de Amurrio. ANTECEDENTES Primero.- La Comisión Municipal de Gobierno de la Villa de Amurrio aprobó inicialmente el día 9 de febrero de 2001 el Plan Parcial del Sector SAPUR 9 Bis, de Amurrio, así como someter el expediente a exposición pública por el plazo de 15 días hábiles, hecho que fue practicado mediante la publicación de los oportunos anuncios en el BOLETÍN OFICIAL del Territorio Histórico de Álava número 27, de fecha 5 de marzo de 2001, en el diario El Correo del día 28 de febrero del mismo año. Segundo.- Durante el periodo de información pública no se presentaron alegaciones, procediendo el Ayuntamiento, en sesión plenaria del día 29 de marzo de 2001 a aprobar provisionalmente el expediente y remitirlo a la Diputación Foral de Alava para su aprobación definitiva, donde tuvo entrada el día 26 de abril de 2001. FUNDAMENTOS Primero.- El presente Plan Parcial ordena pormenorizadamente el sector SAPUR 9 Bis de las Normas Subsidiarias vigentes. De acuerdo con lo señalado en este instrumento, se pueden construir en el sector 40 viviendas plurifamiliares en edificios de 4 alturas, como máximo. Segundo.- Analizada la documentación técnica del Plan Parcial se comprueba su conformidad con la legislación urbanística vigente y las mencionadas Normas. En su virtud, en ejercicio de las facultades que me competen, DISPONGO: Primero.- Aprobar definitivamente el Plan Parcial del Sector SAPUR 9 Bis de Amurrio. Segundo.- Publicar la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL del Territorio Histórico de Álava. Tercero.- Contra la presente Resolución podrá ser interpuesto recurso potestativo de reposición ante el mismo Órgano que ha dictado la misma, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la notificación o publicación, o ser impugnada directamente ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la recepción de la notificación o publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley de Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero, así como en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Todo ello, sin perjuicio de que puedan ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente." Vitoria-Gasteiz, a 18 de julio de 2001.- El Diputado Foral titular del Departamento de Obras Públicas y Urbanismo, ANTONIO AGUILAR MEDIAVILLA. AMURRIO - PLAN PARCIAL S.S.A.P.U.R.- 9 BIS INDICE DE LAS ORDENANZAS CAPITULO I.- DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1°.- Objeto Artículo 2°.- Contenido del Plan Parcial Artículo 3°.- Gestión del Plan Parcial Artículo 4°.- Ejecución del Plan Parcial CAPITULO II.- CALIFICACION URBANISTICA DEL SUELO Artículo 5°.- Calificación Global del Suelo. Artículo 6°.- Destino del Sector. Artículo 7°.- Calificación Pormenorizada del Suelo. CAPITULO III.- SISTEMA DE COMPENSACION Artículo 8°.- Concepto. Artículo 9°.- Carga de los Costes de Urbanización. Artículo 10°.- Distribuciones de los Costes de Urbanización. Artículo 11°.- Junta de Compensación. Artículo 12°.- Pertenencia a la Junta de Compensación. Artículo 13°.- Participación del Ayuntamiento de Amurrio. Artículo 14° -Cometidos de la Junta de Compensación. CAPITULO IV.- INSTRUMENTOS URBANISTICOS QUE DESARROLLAN EL PLAN PARCIAL Artículo 15°- Enumeración de los instrumentos urbanísticos para la ejecución del Plan Parcial. SECCION 1ª.- DEL PROYECTO DE COMPENSACION. Artículo 16°.-Concepto. Artículo 17°.- Criterio de Distribución. Artículo 18°.- Participación del Ayuntamiento de Amurrio. Artículo 19°.- Redacción del Proyecto de Compensación. Artículo 20°.- Competencia para la tramitación y resolución del proyecto de compensación. Artículo 21°.- Contenido del Proyecto de compensación. SECCION 2ª.- DEL PROYECTO DE URBANIZACION SUBSECCION 2ª.- DISPOSICIONES GENERALES Artículo 22°.- Concepto. Artículo 23°.- Ambito del Proyecto de Urbanización. Artículo 24°.- Vinculante del Proyecto de Urbanismo. Artículo 25°.- Documentación SUBSECCION 2ª.- DE LA RED VIARIA. Artículo 26°.- Composición. Artículo 27°.-Trazado de las Vías Rodadas. Artículo 28°.- Itinerario peatonales. Artículo 29°.- Pavimentos SECCION 3ª.- ESPACIOS LIBRES Artículo 30°.- Espacios libres de uso y dominio público. Artículo 31°.- Jardines Artículo 32°.- Areas de juego para niños Artículo 33°.- Elementos de mobiliario urbano. SUBSECCION 4ª.- DE LA SUPRESION DE BARRERAS URBANISTICAS. Artículo 34°.- Itinerarios peatonales. Artículo 35°.- Pavimentos. Artículo 36°.- Vados de Vehículos. Artículo 37°.- Pasos peatonales. Artículo 38°.- Parques, jardines, plazas y espacios libres públicos. Artículo 39°.- Escaleras. Artículo 40°.- Rampas. Artículo 41°.- Pasamanos. Artículo 42°.- Aparcamiento B.- MOBILIARIO URBANO Artículo 43°.- Normas Generales. Artículo 44°.- Semáforos. Artículo 45°.- Teléfonos. Artículo 46°.- Teléfono accesible para el uso de personas con movilidad reducida. Artículo 47°.- Papeleras, buzones y elementos análogos. Artículo 48°.- Fuentes y bebederos. Artículo 49°.- Bancos. Artículo 50°.- Bolardos. Artículo 51°.- Protección y señalización de elementos provisionales SUBSECCION 5ª.- RED DE ABASTECIMIENTO DE AGUA, RIEGO E HIDRANTES CONTRAINCENDIOS. Artículo 52°.- Condiciones Generales de Diseño. Artículo 53°.- Condiciones Técnicas. Artículo 54°.- Acometida de agua potable. SUBSECCION 6ª.- RED DE SANEAMIENTO. Artículo 55°.- Condiciones Generales de Diseño. Artículo 56°.- Condiciones Técnicas. Artículo 57°.- Acometida de saneamiento SUBSECCION 7ª.- RED DE ENERGIA ELECTRICA. Artículo 58°.- Condiciones Generales de diseño. Artículo 59°.- Condiciones Técnicas. SUBSECCION 8ª.- RED DE ALUMBRADO PUBLICO Artículo 60°.- Condiciones Generales de diseño. Artículo 61°.- Condiciones Técnicas. SUBSECCION 9ª.- OTRAS REDES DE SERVICIOS. 9.1.- RED DE DISTRIBUCION DE GAS NATURAL. Artículo 62°.- Condiciones Generales de diseño. Artículo 63°.- Condiciones Técnicas. 9.2.- RED DE CANALIZACION TELEFONICA. Artículo 64°.- Condiciones Generales de diseño. Artículo 65°.- Condiciones Técnicas 9.3.- RED DE CANALIZACION DE EUSKALTEL. Artículo 66°.- Condiciones Generales de diseño. Artículo 67°.- Condiciones Técnicas. 9.4.- RED DE TRASMISION DE LA INFORMACION., TELECOMUNICACIONES. Artículo 68°.- Condiciones Generales. CAPITULO V.- ORDENANZAS DE EDIFICACION Artículo 69°.- Concepto. Artículo 70°.- Altura de los edificios. Artículo 71°.- Planta Sótano. Artículo 72°.- Usos de Plantas. Artículo 73°.- Patios interiores. Artículo 74°.- Tratamiento de Fachada. Artículo 75°.- Cubierta, perfiles y cuerpos salientes. Artículo 76°.- Definición de la forma del edificio. Artículo 76°.- Elementos modulares de centralización de infraestructuras urbanas. ORDENANZAS REGULADORAS DEL PLAN PARCIAL Ordenanzas reguladoras de la urbanización y edificación del Plan Parcial del Sector SAPUR-9 bis de las Normas Subsidiarias de Planeamiento del municipio de Amurrio. CAPITULO I.- DISPOSIONES GENERALES Artículo 1°.- OBJETO. Las presentes Ordenanzas tienen por objeto regular el contenido, la gestión y la ejecución del Plan Parcial del SAPUR-9 bis de las Normas Subsidiarias de Planeamiento del Municipio de Amurrio y, en concreto,, fijar las normas que han de seguir la urbanización de dicho Plan. Artículo 2°.- CONTENIDO DEL PLAN PARCIAL. Sobre el contenido del Plan Parcial, estas Ordenanzas reglamentarán el uso de los terrenos, según el fin al que se adscriben, la distribución de la edificabilidad asignada al Sector y el uso de las edificaciones. Artículo 3°.- GESTION DEL PLAN PARCIAL. La gestión del Plan Parcial se llevará a cabo mediante una única Unidad de Actuación que abarcará la totalidad de la extensión superficial del Sector. Artículo 4°.- EJECUCION DEL PLAN PARCIAL. Para la ejecución del Plan Parcial se utilizará el sistema de compensación en la forma que se encuentra regulado este sistema en la legislación urbanística vigente. CAPITULO II.- CALIFICACION URBANISTICA DEL SUELO. Artículo 5°.- CALIFICACION GLOBAL DEL SUELO. En las Normas Subsidiarias de Planeamiento del Municipio de Amurrio, el Sector SAPUR-9 bis tiene la calificación de suelo apto para urbanizar precisando para su desarrollo la elaboración y aprobación del correspondiente Plan Parcial. Artículo 6°.- DESTINO DEL SECTOR. El Sector tiene un destino residencial, con una densidad de edificación de 25 viviendas por hectárea y, como consecuencia de ello, la posibilidad de construir un máximo de 40 viviendas. Artículo7°.- CALIFICACION PORMENORIZADA DEL SUELO. El Plan Parcial establece las siguientes calificaciones pormenorizadas de suelo: - Suelo privatizable, en el que se asentarán las edificaciones o aprovechamiento urbanísticos. - Espacio libres con específica determinación tanto del parque o jardín público como del área de juego y recreo para niños. - Zona de docente y cultural, en la que se prevé la posibilidad de construcción de un Centro de Educación Preescolar o Guardería Infantil. - La red viaria, con el desarrollo de los viales que para el Sector determinan las Normas Subsidiarias de Planeamiento del municipio de Amurrio. CAPITULO III.- SISTEMA DE COMPENSACION. Artículo 8°.- CONCEPTO El sistema de compensación es el sistema de actuación urbanística en el que la gestión y ejecución de la obra urbanizadora la realizan los propietarios del suelo ordenados...

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