Bases de la Convocatoria de ayudas Leader 2013 Associació Leader Illa de Menorca

SecciónIII. Otras disposiciones y actos administrativos
EmisorASSOCIACIÓN LEADER ILLA DE MENORCA

Ayudas de " minimis " según el reglamento (CE) n. 1998/2006 de la Comisión, 15 de diciembre 2006.

Menorca, como otras zonas rurales de la Unión Europea, se encuentra ante algunos desafíos, como la pérdida de activos, que debilitan su tejido social y pueden poner en peligro su futuro. El programa LEADER, gracias a su concepción integrada y participativa, es el instrumento idóneo para dar solución a algunos de estos problemas.

Por otra parte, no se puede olvidar que el paisaje rural de la isla constituye, sin ninguna duda, uno de sus principales recursos. Cabe destacar que este paisaje es resultado de una cultura y de unos métodos de aprovechamiento de la tierra, que integra perfectamente zonas de cultivo con vegetación natural y los diferentes monumentos arqueológicos y elementos etnológicos repartidos por este territorio. Se trata de un modelo a la vez improvisado y sostenible de uso del territorio. La constatación práctica de una filosofía tan ampliamente divulgada como difícil de llevar a la práctica es uno de los principales valores de Menorca y, por este motivo, la isla fue declarada por la UNESCO reserva de la biosfera en 1993.

Las consideraciones anteriores han aconsejado que la convocatoria de ayudas LEADER se centre en la MEJORA EN LA CALIDAD DE VIDA en las zonas rurales y la DIVERSIFICACIÓN DE LA ECONOMÍA en el marco de la reserva de biosfera y del entorno territorial en el que se desarrolla la actividad económica y social.

La implementación de un programa LEADER permitirá así avanzar en el desarrollo de un modelo de equilibrio intersectorial y en la conservación de los recursos naturales y paisajísticos.

Esta finalidad se podría reducir siquiera a intentar lograr un equilibrio entre las actividades productivas que generen empleo y riqueza y la preservación del entorno natural y cultural. Esto no obstante, se pretende ir más allá. En concreto, se trata de hacer compatible, por un lado, la necesidad de mantener un núcleo de población rural aceptable, que conserve sus rasgos culturales, sociales y económicos, y por el otro, consolidar o desarrollar un conjunto de actividades que contribuyan a la preservación y la gestión adecuada y sostenible del medio ambiente.

Para conseguir este objetivo se aplicará la metodología LEADER, que se basa en la movilización de los agentes locales para que se responsabilicen de su propio desarrollo. Es un enfoque territorial, integrado y participativo y con capacidad demostrativa que concede una particular importancia al carácter innovador y piloto de los proyectos.

Se trata de apoyar iniciativas originales de desarrollo rural de pequeña escala que tengan un carácter piloto y puedan servir de ejemplo de prácticas correctas en ámbitos tan diversos como :

• la mejora de la calidad de vida

• la diversificación de la economía

• el desarrollo de la capacidad local de creación de puestos de trabajo

En este sentido, para esta convocatoria 2013, la Asociación Leader Isla de Menorca quiere hacer especial mención a la importancia que se le dará a los proyectos productivos que tengan una incidencia sobre el empleo de la zona y generen nuevos puestos de trabajo

Según lo expuesto anteriormente, el Consejo Rector de la Asociación Leader Isla de Menorca RESUELVE: Aprobar la convocatoria que regula las condiciones que deberán cumplir los proyectos presentados a la convocatoria LEADER para poder acceder a las ayudas públicas, según las bases que se transcriben a continuación:

BASES PARA LAS AYUDAS EUROPEOS LEADER EN LA ISLA DE MENORCA

Primero: Objeto de las subvenciones y ámbito de aplicación

1 . La Asociación Leader Isla de Menorca aprueba la convocatoria de subvenciones correspondiente al periodo de programación 2007-2013, para el fomento de la calidad de vida y la diversificación económica a través del método Leader, de acuerdo con lo establecido en el texto refundido de la Orden de Bases Reguladoras de la concesión de subvenciones en el marco del Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2007 2013, aprobado mediante la Orden del Consejero de Agricultura Medio Ambiente y Territorio del 4 de diciembre de 2012, publicada en el Boletín Oficial de las Islas Baleares núm. 186, de 15 de diciembre de 2012.

  1. El ámbito territorial de aplicación de las ayudas es la zona elegible del Programa de Desarrollo Local Leader 2007-2013. Este ámbito está integrado por los siguientes municipios: Alaior, Es Mercadal, Es Migjorn, Ferreries, Ciutadella, Es Castell, Sant Lluís y Maó (todo el término municipal excepto el casco urbano de la ciudad de Mahón).

    Segundo: Importe máximo de la convocatoria y financiación

    Para la convocatoria 2013 se destina un importe máximo de € 1.003.770,38 .La Asociación Leader Isla de Menorca cuenta con el crédito necesario para hacer frente a la convocatoria con la siguiente distribución por medidas. El presupuesto de esta convocatoria podrá ser ampliado si se producen remanentes de convocatorias anteriores o si las administraciones cofinanciadoras incrementan sus aportaciones

    Medida 311. Actividades no agrícolas 20.451,82€

    Medida 312. Ayuda creación y desarrollo de microempresas 75.248,36€

    Medida 321. Servicios básicos para la economía y la población rural 795.602,58€

    Medida 323. Conservación y mejora del Patrimonio Rural 89.712,37€

    Medida 331. Formación e información para los agentes ec. del eje 3 22.755,25€

    Los recursos no comprometidos dentro de la anualidad en que están adscritos quedarán disponibles para ejercicios posteriores, con la única limitación de los descompromisos que puedan darse por aplicación de la regla n +2 , si fuera el caso.

    Las citadas ayudas serán cofinanciadas por los fondos europeos FEADER en un 47,18%, por la Administración General del Estado en un 33,64%, y por la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares en un 19,18%. Estos porcentajes de cofinanciación se mantendrán a nivel de medida.

    Tercero: Beneficiarios finales de las ayudas. Obligaciones

    Los beneficiarios finales deberán cumplir (en la fecha del día siguiente del cierre de la convocatoria de ayudas) con los requisitos previstos para ser beneficiarios de las ayudas, tal como consta en el artículo 10 de la Orden de la Consejera de Agricultura y Pesca de 18 de diciembre de 2007, así como en los artículos 9 y 10 del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones y el punto 3.4.1. del Manual de Procedimiento LEADER (disponible en la web www.leadermenorca.org ).

    Podrán solicitar ayudas para la realización de proyectos los titulares que se propongan desarrollar la actividad subvencionable y cumplan estos requisitos durante un año a contar desde el día siguiente al cierre de la convocatoria de ayudas:

    1. Las personas que hayan de ejercer la actividad que fomentó el otorgamiento o que estén en la situación que legitime su concesión. (Ley gral. De subv. 38/2003. No estar incurso en alguna de las circunstancias establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13.)

    2. Sociedades mercantiles, sociedades agrarias de transformación, cooperativas, sociedades laborales y cualquier otra entidad, asociativa o societaria, con personalidad jurídica recogida en la legislación vigente.

    3. Comunidades de bienes u otras entidades de tipo comunal que, aunque no tengan personalidad jurídica, puedan llevar a cabo las inversiones o actividades que motivan la concesión de la subvención. En estos casos, los integrantes de la entidad nombrarán un representante o apoderado único y, en documento que se incorporará al expediente, manifestarán sus respectivas participaciones en la cosa común y asumirán su responsabilidad solidaria en las obligaciones derivadas de la expediente

    4. Asociaciones o fundaciones de carácter preferentemente local que no tengan fines lucrativos en los términos previstos en la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo .

    5. Las entidades locales y el Consejo Insular de Menorca.

      Los titulares de los proyectos deberán cumplir todos y cada uno de los siguientes requisitos y obligaciones para obtener la condición de perceptor final:

    6. Ejecutar el proyecto en la zona de aplicación del Programa de Desarrollo Local de Menorca o relacionada directamente con éste en términos de desarrollo. Ejecutar el proyecto aprobado en el lugar previsto en el expediente, salvo que el grupo autorice, a petición razonada del promotor, un cambio de ubicación, en todo caso dentro del territorio de actuación del grupo y con la adecuación del proyecto en lo que resulte necesario.

      No obstante, cuando la zona de actuación se beneficia total o parcialmente de una operación realizada fuera de la misma, ésta podrá ser admitida siempre y cuando cumpla con lo establecido en el artículo 12.2 del Real Decreto 1852/2009, de 4 de diciembre: "territorialidad de los gastos" .

      b ) Mantener el destino de la inversión auxiliada, los gastos objeto de la ayuda, el nivel de puestos de trabajo previstos, la actividad y el cumplimiento de las presentes obligaciones, durante al menos 5 años posteriores a la decisión de concesión de la ayuda.

    7. Mantener los requisitos para la obtención de la ayuda durante al menos 1 año desde la decisión de concesión de la ayuda.

    8. Prestar colaboración y apoyo a las siguientes entidades: la Asociación Leader Isla de Menorca; la Autoridad de Gestión, la Intervención General de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, el Organismo Pagador y el autoridad de Certificación del PDR de las Islas Baleares, la Comisión de las Comunidades Europeas y los órganos de control comunitarios, nacionales o autonómicos, en referencia a inspección de las acciones subvencionadas, quedando obligados a aportar y facilitar la información que se considere necesaria.

    9. Dar publicidad del proyecto auxiliado de acuerdo con las características de la inversión, y tal como determine la Asociación Leader Isla de Menorca y cualquier otra obligación de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR