Aprobadas definitivamente las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal mediante Orden Foral número 261/1992, de 5 de mayo, dictada por el Departamento de Urbanismo de la Diputación Foral de Bizkaia, se procede a la publicación del Texto Refundido, de conformidad con lo establecido en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local. ..

SecciónAdministración Local del Territorio Histórico de Bizkaia
EmisorAyuntamiento de Gorliz

Aprobadas definitivamente las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal mediante Orden Foral número 261/1992, de 5 de mayo, dictada por el Departamento de Urbanismo de la Diputación Foral de Bizkaia, se procede a la publicación del Texto Refundido, de conformidad con lo establecido en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.

Gorliz, a 30 de abril de 1997.-El Alcalde, Patxo Igartua Ansoleaga

NORMAS SUBSIDIARIAS DE PLANEAMIENTO DE GORLIZ.

I. MEMORIA.

TITULO I

ANTECEDENTES.

CAPITULO I

JUSTIFICACION DE LA CONVENIENCIA Y OPORTUNIDAD .

DE LA FORMACION DE LAS NORMAS SUBSIDIARIAS.

Dentro de la división comarcal que la Diputación de Bizkaia creó con el fin de racionalizar una política de ocupación de suelo acorde con las necesidades expansionistas de la década de los sesenta, el municipio de Gorliz se encuadraba en lo que hoy llamaríamos Uribe-Kosta y que a nivel de planeamiento urbanístico se regía por el denominado «Plan General de Ordenación Urbana de la Comarca Plentzia-Mungia».

Este Plan concretaba en su demarcación las directrices provinciales y tenía los siguientes objetivos generales:

  1. o Unificar la política de los distintos Ayuntamientos para procurar el máximo aprovechamiento de los recursos.

  2. o Armonizar el crecimiento de la Comarca con el del Gran Bilbao.

  3. o Poner la Comarca en óptimas condiciones para el asentamiento turístico e industrial en las respectivas zonas.

  4. o Racionalizar la explotación de la tierra procurando medidas óptimas económicas.

  5. o Mantener y acrecentar los valores de la zona.

  6. o Impedir que los poblados se conviertan en núcleos desmembrados del Gran Bilbao.

  7. o Preparar a la zona para que sea el refugio de la gran capital.

Todos estos objetivos muestran bien a las claras la situación de dependencia total respecto a lo que entonces se llamaba Comarca del Gran Bilbao y concretándolo al término municipal de Gorliz el objetivo básico era servir adecuadamente como asentamiento turístico sin la menor interferencia industrial, especialización ésta que se limitaba a Mungia y Urduliz.

No existen datos parciales municipales, puesto que se consideraba Plentzia y Gorliz unidos en una misma vocación turística y realmente los datos en conjunto no son fáciles de diferenciar. Así, entre ambos municipios se preveía un crecimiento poblacional, en los 15 años de vigencia del Plan, de 4.776 habitantes a 72.382. Sin embargo, la escasez de suelo susceptible de ser urbanizado en Plentzia hace que dicho crecimiento se orientara fundamentalmente hacia Gorliz.

De alguna forma, los objetivos de entonces persisten, bien por su corrección, bien porque el desarrollo de estos años ha orientado inevitablemente hacia una vocación residencial combinada con la turística de temporada.

No obstante, han cambiado considerablemente algunos aspectos relevantes de cara al crecimiento urbano. Por un lado, el mayor protagonismo de la Administración en sus distintas escalas, ha supuesto unas inversiones en infraestructuras y equipamientos no conocidas hasta ahora. Por otro lado, los efectos de la crisis económica, retardados como siempre ocurre en el sector de la construcción, han paralizado prácticamente la promoción de viviendas ante el frenazo de la demanda residencial, que ha sido mayor en lo que a segunda residencia se refiere.

Estos hechos han reforzado la oportunidad de la formación de las Normas Subsidiarias y se han venido a sumar a la obligación legal de adaptación del Plan General existente a la Ley del Suelo de 1975.

Sin embargo, el parón ya aparentemente superado en la construcción de viviendas ha permitido no precisar de excesiva celeridad en el cumplimiento del mandato legal, ya que la demanda estaba constreñida y no se daban efectos negativos por mantener la vigencia del planeamiento anterior.

El relanzamiento de la demanda residencial en los dos últimos años ha venido a sacar del letargo al proceso, ya que la presión edificatoria ha crecido de forma espectacular y el Plan General no resulta instrumento actualizado para conducir el crecimiento urbano. Este acelerón ha puesto en crisis todas las limitaciones y deficiencias del Plan y además del cambio de legislatura en la Administración municipal, ha influido para que ahora resulte de máxima urgencia la revisión. El hecho de haber formulado hace casi dos años el documento de «Criterios, objetivos y soluciones generales», del que más adelante daremos cuenta, ha hecho que la presión sea mayor sobre aquellos terrenos que tienen una amenaza de descalificación o reducción de los aprovechamientos urbanísticos. Esto ha agudizado lógicamente las contradicciones entre la permisividad del Plan y los intereses de la colectividad.

Desde el punto de vista formal, los acuerdos previos fueron adoptados de la siguiente manera: El Ayuntamiento Pleno, en sesión de 26 de diciembre de 1980, adoptó el acuerdo de proceder a la revisión del Planeamiento municipal eligiendo a su vez, como instrumento adecuado a las necesidades y conveniencias del municipio, el de Normas Subsidiarias del tipo B.

Con posterioridad el Consejero de Política Territorial y Obras Públicas adoptó la resolución el 8 de mayo de 1981 de «Informar favorablemente la elección efectuada por la Corporación Municipal de Gorliz, consistente en adoptar la figura de la Norma Subsidiaria Municipal definida en el apartado b) del artículo 91 del Reglamento de Planeamiento, para el desarrollo y aplicación de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, por considerarla como figura adecuada para la ordenación integral de su término municipal, indicando la necesidad de que dichas Normas respeten, a nivel de opción territorial, los canales de comunicación intercomarcal, con su consideración y estudio como Sistemas Generales y estructurales del territorio».

Naturalmente, la decisión municipal avalada posteriormente por la resolución del Consejero suponía la desvinculación del municipio de Gorliz del Plan Comarcal, una vez que se produjera la aprobación de las Normas Subsidiarias.

Dicha necesidad como ya hemos expuesto ha sido incrementada con el desarrollo urbanístico y la presión edificatoria de los últimos años, que justifican aún más la formación de las Normas Subsidiarias.

CAPITULO II

INFORMACION URBANISTICA.

Una vez encargados los trabajos de revisión del Plan General Comarcal en el ámbito de la anteiglesia de Gorliz, se desarrolló como primera etapa la recogida de información urbanística, con el fin de racionalizar todas las fuentes y realizar un análisis crítico del planeamiento vigente, de forma que posibilitara con una certidumbre elevada la redacción del documento posterior de «Criterios, objetivos y soluciones generales del Planeamiento».

Siquiera de forma somera vamos a hacer referencia al índice del citado documento, que se componía de los siguientes capítulos y apartados:

Capítulo I.- Antecedentes generales.

I.1. Antecedentes del encargo.

I.2. Adjudicación del encargo.

I.3. Concepto de información urbanística.

I.4. Fuentes de información consultadas.

Capítulo II.- Antecedentes urbanísticos.

II.1. El Plan General de Ordenación Urbana de la Comarca Plencia-Butrón.

II.1.1. Expediente administrativo.

II.1.2. Documentos de que consta.

II.1.3. Generalidades.

II.1.4. Análisis crítico.

II.1.5. Cuantificación de datos.

II.2. El Plan Especial de Viales de Plentzia y Gorliz.

II.3. Modificaciones puntuales del Plan General en el término municipal de Gorliz.

II.3.1. Modificación Puntual del Plan General en el término de Gorliz en cuanto a separaciones a linderos.

II.3.2. Modificación del Plan General y Modificación del Plan Especial de Viales en Elexalde e Iberre.

II.4. Planeamiento de Detalle en desarrollo del Plan General en el término municipal de Gorliz.

II.4.1. El Plan Parcial del Polígono San José.

II.4.2. Los Estudios de Detalle.

Capítulo III.- Cartografía.

III.1. Cartografía existente y utilizada.

III.2. Callejero.

Capítulo IV.- Estudio del territorio.

IV.1. El medio físico.

IV.1.1. Encuadre geográfico.

IV.1.2. Clima.

IV.1.3. Relieve.

IV.2. Usos del suelo.

IV.2.1. Usos en suelo rústico.

IV.2.2. Usos en suelo urbanizado. Estructura territorial.

Capítulo V.- Estudio de la sociedad.

V.1. Breve reseña histórica.

V.2. Población y empleo.

V.3. Actividades económicas.

Capítulo VI.- El medio urbano.

VI.1. Desarrollo histórico.

VI.2. Catálogo de edificación.

VI.3. Comunicaciones.

VI.4. Equipamiento.

VI.5. Servicios urbanos.

VI.5.1. La red de agua potable.

VI.5.2. La red de alcantarillado.

VI.5.3. La red de energía eléctrica.

VI.5.4. La red de alumbrado público.

La documentación gráfica recogida en el referido documento de Información Urbanística contenía el siguiente sumario:

1. Encuadre nacional.

2. Encuadre regional.

3. Distribución de minutas. Coordenadas U.T.M.

4. Distribución de minutas. Coordenadas Lambert.

5. Límites municipales y división en secciones.

6. Relieve, barreras y líneas de acceso.

7. Hipsometría.

8. Pendientes.

9. Estructura territorial.

  1. Catálogo de edificación.

  2. Callejero.

  3. Propiedades municipales.

  4. Equipamientos y servicios.

  5. División catastral por polígonos.

  6. Red hidrológica.

  7. Red de transporte y distribución de agua.

  8. Red...

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