Orden Foral 148/2008, de 8 de abril, de aprobación definitiva del expediente de Plan Parcial del Polígono Industrial Murga-2, del municipio de Ayala.

SecciónDisposiciones Administrativas
EmisorDepartamento de Administración Local y Equilibrio Territorial
Rango de LeyOrden foral
  1. ANTECEDENTES

    Primero.- El Pleno del Ayuntamiento de Ayala, en sesión de 20 de diciembre de 2007 acordó aprobar inicialmente el Plan Parcial del polígono industrial Murga-2, así como someter el expediente a información pública por el plazo de veinte días, mediante anuncio en el BOTHA nº 2, de 4 de enero de 2008, y en el periódico "El Correo" del día 7 de enero de 2008.

    Segundo.- Durante el periodo de exposición pública no fue presentada alegación alguna, por lo que se acordó su aprobación provisional por el Pleno del Ayuntamiento de Ayala el día 21 de febrero de 2008, así como su remisión a la Diputación Foral de Alava, donde tuvo entrada el 27 de febrero de 2008.

  2. FUNDAMENTOS

    Primero.- El presente expediente se dirige a ordenar pormenorizadamente el sector industrial Murga-2, de Ayala, creado mediante la modificación de las Normas Subsidiarias aprobadas definitivamente mediante la Orden Foral número 54, de 19 de febrero de 2008, del Diputado de Administración Local y Equilibrio Territorial.

    Segundo.- Cotejada la documentación técnica aportada con la legislación urbanística, se comprueba que la cumpla tanto en sus aspectos de contenido material como de contenido formal.

    Tercero.- No obstante lo anterior, la mencionada Orden Foral que aprobó la modificación de las Normas Subsidiarias que creó el sector urbanizable industrial objeto del presente expediente, introdujo tres modificaciones cuyo tenor literal fue el siguiente:

    "A.- Añadir en el artículo 219 de la normativa de las Normas Subsidiarias y en el apartado referente al Sector Industrial Murga II, un punto final dentro del apartado denominado "Medidas a adoptar tendentes a minorizar el impacto ambiental" que manifieste expresamente que la ordenación pormenorizada del plan parcial deberá proteger y preservar totalmente el rodal de querqus robur existente en el Sur del ámbito. B.- Incorporar a la documentación técnica del expediente el "Programa de supervisión de los efectos de la modificación". C.- Excluir del ámbito del sector la zona de dominio público prevista en el Proyecto de construcción de acondicionamiento de las carreteras A3620 y A3622 entre el cruce de Los Olmos y el enlace de Markijana".

    Dado que la aprobación provisional de este Plan Parcial fue otorgada antes de la fecha de la aprobación definitiva de la modificación mencionada de las Normas Subsidiarias (cosa, por otra parte, factible de acuerdo con la legislación urbanística), las modificaciones transcritas no han sido...

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