DECRETO FORAL 56/2004, del Consejo de Diputados de 21 de septiembre, que modifica diversos apartados del Decreto Foral 86/1998, de 20 de octubre, por el que se aprueba el régimen en materia de euskaldunización aplicable al personal de la Administración General de la Diputación Foral de Álava.

SecciónDisposiciones Administrativas
Rango de LeyDecreto foral

Diputación Foral de Alava - Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava DocumentoViernes, 1 de Octubre de 2004 , * B.O.T.H.A. Num. 114I - DIPUTACIÓN FORAL DE ÁLAVA Disposiciones y Resoluciones Administrativas Decretos Forales del Consejo de DiputadosRef. 5.939DECRETO FORAL 56/2004, del Consejo de Diputados de 21 de septiembre, que modifica diversos apartados del Decreto Foral 86/1998, de 20 de octubre, por el que se aprueba el régimen en materia de euskaldunización aplicable al personal de la Administración General de la Diputación Foral de Álava. Mediante Decreto Foral 48/04, de 20 de julio, han sido aprobadas las condiciones de empleo para los ejercicios 2004 y 2005 del personal de la Administración General de la Diputación Foral de Álava. En el apartado 18.2 de dichas Condiciones se plasma el compromiso de modificar el Decreto Foral 86/1998, por el que se aprueba el régimen aplicable en materia de euskaldunización al personal de la Administración General de la Diputación Foral de Álava, a los efectos de integrar en el proceso de euskaldunización al personal interino al servicio de esta administración. A propuesta del Diputado Foral del Departamento de Presidencia, de conformidad con lo establecido en los Decretos Forales 154/1993 del Consejo de Diputados de 30 de julio, por el que se establecen las atribuciones en materia de Función Pública y 63/2003 de 9 de diciembre, por el que se aprueba la estructura orgánica y funcional del Departamento competente en materia de Función Pública, y previa deliberación del Consejo de Diputados en Sesión celebrada en el día de hoy, DISPONGO: Primero.- Modificar el Decreto Foral 86/1998, del Consejo de Diputados, de 20 de octubre, por el que se aprueba el régimen aplicable en materia de euskaldunización al personal de la Administración General de esta Diputación Foral en los siguientes términos: 1.- Dentro del apartado "Asistencia a Cursos dentro del horario laboral", el primer párrafo del punto 8 queda redactado de la siguiente manera: "8.- En todo caso el cupo máximo de personal que en cada momento estará en cursos de euskaldunización dentro del horario laboral se establecerá para cada curso lectivo tras negociación en el seno de la comisión de...

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