Orden Foral 28/2007, de 14 de febrero y anexo, por la que se aprueban las bases que regirán la convocatoria para la dotación de bomberos voluntarios que han de desempeñar sus funciones en la UCEIS de Campezo.

SecciónDisposiciones Administrativas
EmisorDepartamento de Administración Local
Rango de LeyOrden foral

En el Plan Foral para la Prevención y Extinción de Incendios y Salvamento en Álava (PFPEISA), aprobado mediante Acuerdo del Consejo de Diputados 222/2005, de 15 de marzo se contempla la creación y funcionamiento de las Unidades Comarcales de Extinción de Incendios y Salvamento de Álava (UCEIS), definiendo tanto su misión como sus objetivos.

Desde el punto de vista de los recursos humanos, se prevé que la dotación de las UCEIS será de composición mixta, conjugando elementos de carácter profesional con otros de carácter voluntario. En el punto 3-2-3-c) del ya mencionado Plan, referente a la constitución y características de las UCEIS, se previene acerca de la necesidad de la redacción de documentación específica que defina y regule la figura de los Bomberos voluntarios.

En consecuencia, mediante Decreto Foral 52/2006 del Consejo de Diputados de 3 de agosto se aprobó la regulación de la participación del voluntariado en la aplicación del Plan Foral para la Prevención y Extinción de Incendios y Salvamento de Álava.

Una vez aprobada la citada regulación, y en orden a llevar a cabo la dotación de personal voluntario a la UCEIS de Campezo, se ha elaborado el documento que contiene las Bases que rigen la convocatoria para la dotación de Bomberos voluntarios que han de desempeñar sus funciones en la UCEIS de Campezo, sometiéndose el mismo a informe previo del Servicio de Recursos Humanos de la Diputación Foral de Alava y del Coordinador Ejecutivo del PFPEISA e incorporando la mayoría de las propuestas efectuadas por aquellos.

Estando facultada la Diputada de Administración Local por el citado Acuerdo 222/2005, para todos aquellos actos derivados de la aplicación del Plan Foral para la Prevención y Extinción de Incendios y Salvamento en Álava.

DISPONGO:

Primero. Aprobar las bases que regirán la convocatoria para la dotación de los bomberos voluntarios que han de desempeñar sus funciones en la UCEIS de Campezo, que se incorporan a la presente Orden Foral.

Segundo. Proceder a la convocatoria para la dotación de Bomberos Voluntarios que ha de desempeñar sus funciones en la UCEIS de Campezo.

Vitoria-Gasteiz a 14 de febrero de 2007.- La Diputada de Administración Local. Isabel Fernández de Castillo González.

BASES QUE RIGEN LA CONVOCATORIA PARA LA DOTACIÓN DE BOMBEROS VOLUNTARIOS QUE HAN DE DESEMPEÑAR SUS FUNCIONES EN LA UCEIS DE CAMPEZO.

1 BASES GENERALES

Primera .- Objeto de la convocatoria 1.- Es objeto de las presentes bases la convocatoria de pruebas selectivas para la dotación de bomberos voluntarios para prestar servicios en la Unidad Comarcal de Extinción de Incendios y Salvamento (en adelante UCEIS) de Campezo. 2.- Las funciones a desarrollar por los Bomberos Voluntarios adscritos en la UCEIS son las siguientes: a) Protección y auxilio de la vida, integridad y bienes de los miembros de la comunidad dentro de la formación y equipamiento recibido. b) Colaborar, cuando así se solicite, en la preparación e impartición de cursos, charlas u otros eventos tendentes a la difusión de los valores de civismo y solidaridad en referencia a la extinción de incendios, salvamento, etc., así como en las actividades, demostraciones y demás actuaciones de tipo práctico que se desarrollen. c) Prevención de todo tipo de riesgos y siniestros. Revisión de instalaciones y locales. d) Observación de las condiciones de seguridad en equipamientos y procedimientos de intervención.

e) Mantenimiento de sus condiciones físicas y técnicas. Participación en entrenamientos, prácticas, etc. f) Mantenimiento y control del material y locales destinados a la prestación del servicio para el que han sido escogidos. g) Coordinar, cuando fuere necesario, la actuación de quienes no siendo Bomberos voluntarios, deseen prestar su colaboración en caso de grave siniestro, catástrofe o calamidad, siempre de acuerdo con su capacitación, formación y equipamiento. h) Cualquier otra derivada del ejercicio de la actividad de bombero voluntario dentro de la formación y equipamiento recibido.

Segunda.- Condiciones que deben reunir los aspirantes 1/ Los requisitos y documentación a cumplir por cada aspirante para ser admitido y poder tomar parte en el proceso selectivo son los siguientes: 1) Rellenar y presentar, dentro de plazo, en los lugares que luego se indican, solicitud firmada, según el modelo oficial y normalizado que se facilitará a los interesado/as, dirigida a la Diputada de Administración Local de la Diputación Foral de Alava. 2) Además deberá entregarse la siguiente documentación acre-ditativa de cumplir, en la fecha en la que expire el plazo para la presentación de instancias, los requisitos que para cada uno de ellos se señalan (entre paréntesis):

* Fotocopia del D.N.I. (Haber cumplido 18 años y no haber...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR