Doña María Etxeberria Alkorta, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número 5 de Bizkaia. Hago saber: Que en autos número 31/97 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancias de doña María Begoña Martínez Fernández, don Benjamín Rivera García y doña Rosa María Quintana Morquillas contra la empresa Cinor, S.A., Transportes Celes, S.A., Celes Internacional, S.A., Transceles, S.A., Difacoema, S.L., E.G.E. Asociados, S.A., Promotora de Inversiones 2.001, S.L. y Aplicaciones Ecológicas, S.A., sobre extinción de contrato, se ha dictado el siguiente...

SecciónJuez
EmisorJuzgado de lo Social número 5 de Bilbao (Bizkaia)

(CEDULA DE NOTIFICACION)

Doña María Etxeberria Alkorta, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número 5 de Bizkaia.

Hago saber: Que en autos número 31/97 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancias de doña María Begoña Martínez Fernández, don Benjamín Rivera García y doña Rosa María Quintana Morquillas contra la empresa Cinor, S.A., Transportes Celes, S.A., Celes Internacional, S.A., Transceles, S.A., Difacoema, S.L., E.G.E. Asociados, S.A., Promotora de Inversiones 2.001, S.L. y Aplicaciones Ecológicas, S.A., sobre extinción de contrato, se ha dictado el siguiente:

Fallo: Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por don José María García Garay, en representación de la Confederación Sindical de CCOO de Euskadi, actuando en nombre e interés de sus afiliadas doña María Begoña Martínez Fernández y doña Rosa María Quintana Morquillas contra Cinor, S.A., Transportes Celes, S.A., Celes Internacional, S.A., Transceles, S.A., Difacoema, S.L., E.G.E. Asociados, S.A., Promotora de Inversiones 2.001, S.L. y Aplicaciones Ecológicas, S.A., debo declarar y declaro la rescisión de la relación laboral que les vinculaba con las demandadas desde la fecha de esta resolución, condenándolas solidariamente a satisfacer a doña María Begoña Martínez Fernández la cantidad de seis millones doscientas cuarenta y dos mil ciento cuarenta y una (6.242.141) pesetas y a doña Rosa María Quintana Morquillas la suma de nueve millones novecientas noventa y seis mil cuatrocientas ocho (9.996.408) pesetas, en concepto de indemnización derivada de la extinción del nexo contractual a instancias de las trabajadoras, y ello sin perjuicio de la responsabilidad que...

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