Acuerdo del Consejo de Gobierno de 22 de febrero de 2021 por el que se modifica el anexo 21, coeficientes correctores del módulo COVID-19 i Módulos económicos de la distribución de fondos públicos para el sostenimiento de centros educativos privados concertados de las Illes Balears para el año 2021, de la Ley 3/2020, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el Año 2021

SecciónIII. Otras disposiciones y actos administrativos
Rango de LeyAcuerdo

El artículo 13 de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el Año 2021, establece el importe del módulo económico por unidad escolar, a efectos de distribución de la cuantía global de los fondos públicos destinados al sostenimiento de los centros concertados para el año 2021, fijado en el anexo IV de esa Ley.

Los ciclos formativos de grado mediano y de grado superior se financiarán con arreglo a los módulos económicos establecidos en el anexo IV.

Los ciclos de formación profesional básica se financiarán conforme al móduloeconómico establecido en el anexo IV. Los conciertos de los ciclos de formación profesional básica tendrán carácter general, conforme a lo que establece el artículo 116.6 de la Ley Orgánica 2/2006, de Educación, en la redacción dada por la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre

Así mismo, las unidades concertadas en las que se impartan las enseñanzas de bachillerato se financiarán conforme al módulo económico establecido en el anexo IV.

Las comunidades autónomas podrán adecuar los módulos establecidos en el citado anexo a las exigencias derivadas del currículum establecido para cada una de las enseñanzas, siempre que ello no suponga una disminución de las cuantías de estos módulos en ninguna de las cantidades en que se diferencian, fijadas en la presente Ley.

El anexo 21 de la Ley 3/2020, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el Año 2021, establece los módulos económicos de distribución de fondos públicos para el sostenimiento de centros educativos privados concertados de las Illes Balears para el año 2021.

Puesto que los módulos correspondientes a otros gastos en cuanto al bachillerato, la formación profesional básica y los ciclos formativos de grado superior y medio presentan diferencias respecto a las establecidas en el anexo IV de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el Año 2021, se hace necesario actualizar los módulos establecidos por la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para estos estudios.

Por otro lado, la situación de emergencia ocasionada por la COVID-19 creó la necesidad de incrementar una serie de gastos para poder garantizar la seguridad del alumnado ante el riesgo de contagios. Estos gastos se han concretado en incremento de dotación de profesorado; gastos de funcionamiento COVID-19 para adquisición de material EPI, detectores de CO2, filtros de aire y para gastos de limpieza, e incremento de dotación de especialistas a los centros de educación especial. Al módulo COVID-19 se le aplica un coeficiente corrector para adaptarlo a circunstancias particulares de cada plan de contingencia. Para los gastos de funcionamiento se creó el módulo COVID-19, que se incluyó con efectos desde el 1 de septiembre de 2020 en el anexo 21 de la Ley de Presupuestos de la CAIB para el año 2020.

En cuanto al incremento de personal docente, a los centros de educación especial se les asignó siete profesores, a distribuir en proporción a las unidades concertadas de cada centro, y se les dio la opción de escoger entre personal financiado por nómina delegada y personal especialista contratado directamente por el centro y financiado a través de gastos de funcionamiento (estas figuras están contempladas en el anexo 21 de la Ley de Presupuestos de la CAIB).

El reparto de los siete profesores de refuerzo por la COVID-19 asignados a los centros de educación especial, el gasto total de este profesorado o especialista por el curso 2020-2021 por centro y la información sobre qué centros optan por la contratación directa de personal especialista en lugar de personal docente financiado por nómina delegada se refleja en el siguiente cuadro:

Se hace necesario modificar el coeficiente corrector de los centros de educación especial que han optado por contratar especialistas para poder financiar estas figuras con el módulo COVID-19. Esta modificación debe realizarse sobre el coeficiente corrector vigente a 1-9-2020 aprobado por el Consejo de Gobierno de 21 de septiembre de 2020 por el que se modifica el anexo 21 de la ley 19/2019, de 30 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears para el año 2020 y sobre el coeficiente corrector vigente a 1-1-2021 aprobado por la ley 3/2020, de 29 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears para el año 2021.

Por todo ello, el Consejo de Gobierno, a propuesta del consejero de Educación y Formación Profesional, en la sesión del día 22 de febrero de 2021, adoptó entre otros, el Acuerdo siguiente:

Primero. Modificar los módulos que se indican del anexo 21 de la Ley 3/2020, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad...

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