Orden Foral 247/2011 de 17 de mayo, de aceptación del cumplimiento de las condiciones impuestas en la Orden Foral nº 624/2010, de 15 de noviembre, del Diputado de Administración Local y Equilibrio Territorial por la que se aprobó definitivamente el expediente de modificación de las Normas Subsidiarias de Iruña de Oca para la creación de un sistema general de equipamiento comunitario educativo.
Sección | Disposiciones Administrativas |
Emisor | Departamento de Administración Local <Br>Y Equilibrio Territorial |
Rango de Ley | Orden foral |
-
ANTECEDENTES
Primero.- Mediante Orden Foral nº 624/2010, de 15 de noviembre, del Diputado de Administración Local y Equilibrio Territorial fue aprobado definitivamente el expediente con varias condiciones consideradas no sustanciales sin necesidad de nuevo trámite de exposición pública, relativas a la obligación de incluir un proyecto de restauración ambiental y acondicionamiento paisajístico en el proyecto constructivo de la instalación educativa, a estudiar la posible inter-ferencia con el área de la Comunidad de regantes San Roque y a incluir la ordenación viaria definida por el Servicio de Carreteras del Departamento de Obras Públicas y Transportes así como la delimitación de la correspondiente zona de dominio público que linda con el Sistema General de Equipamiento Comunitario Educativo.
Segundo.- La ordenación viaria citada ha condicionado la am -pliación del ámbito, que de 8.832,09 m2 de suelo ha pasado a 10.539,84 m2, afectando su ampliación a las parcelas 86, 87, 88 y 89 del polígono 2, razón por la que el Pleno Municipal de 12 de enero de 2011, procedió a la aprobación del Texto Refundido y de la ampliación del correspondiente informe definitivo de evaluación conjunta de impacto ambiental, así como someter el nuevo expediente a información pública por el plazo de un mes, hecho que fue practicado mediante anuncio en el BOTHA nº 11 de 25 de enero de 2011, en el periódico Diario de Noticias de 24 de enero de 2011 y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.
Del citado acuerdo fueron notificados los propietarios afectados y la Junta Administrativa de Nanclares de la Oca.
Tercero.- Durante el periodo de información pública no fue presentada alegación alguna.
Cuarto.- Una vez emitido un nuevo informe definitivo de ECIA, de fecha 11 de abril de 2011, el Ayuntamiento de Iruña de Oca ha remitido a la Diputación la documentación correspondiente, completándose así todo el expediente, con el fin de que sea aprobado definitivamente.
-
FUNDAMENTOS
Primero.- Analizada la documentación aportada se comprueba que sí se ha dado cumplimiento a las modificaciones pendientes señaladas en la Orden Foral 624/2010.
Segundo.- El nuevo informe definitivo de ECIA concluye que la nueva clasificación del suelo no urbanizable correspondiente a la ampliación del ámbito, no inducirá impactos ambientales de carácter significativo en el medio y se considera de importancia la correcta realización del Programa de Vigilancia Ambiental.
En su virtud, haciendo uso de las facultades que me competen,
DISPONGO
Primero.- Dar por...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba