No habiéndose podido notificar el Decreto 127/12, de 26 de junio de 2012 a doña Gloria Alejandra Ruiz Díaz, Tatiana Correa Ruiz y Aitor Ruiz Díaz, ...

SecciónAdministración Local del Territorio Histórico de Bizkaia
EmisorAyuntamiento de Valle de Trápaga

No habiéndose podido notificar el Decreto 127/12, de 26 de junio de 2012 a doña Gloria Alejandra Ruiz Díaz, Tatiana Correa Ruiz y Aitor Ruiz Díaz, por encontrarse ausentes de sus domicilios, se hace público el presente anuncio en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento y en el «Boletín Oficial de Bizkaia» en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/92 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo común.

«En el día de la fecha, el Sr. Alcalde, ante mí la Secretaria en Fnes, ha dictado el siguiente:

DECRETO 127/12

Se ha tenido conocimiento que la persona que a continuación se relaciona, figura indebidamente inscrita en el Padrón Municipal de Habitantes de Valle de Trápaga, por no residir habitualmente en el domicilio en el que figura empadronada.

Considerando lo dispuesto en los artículos 17.2 de la Ley Reguladora de Bases de Régimen Local, 57 y 68 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, así como lo indicado en el apartado 3 de la Resolución de 4 de julio de 1997 de la Directora del Instituto Nacional de Estadística y del Director General de Cooperación Territorial.

En virtud de las atribuciones que me confiere el artículo 21.1. h) de la Ley 7/1985, modificada por la Ley 11/1999.

HE RESUELTO:

Primero: Incoar de oficio expediente mediante el cual se declare la situación de baja por inscripción indebida en el Padrón Municipal de Habitantes de este municipio de la persona que a continuación se relaciona:

Fecha solicitud N.º reg. entrada Nombre y Apellidos D.N.I./N.I.E.

14-06-2012 4034 Gloria Alejandra Ruiz Díaz 1088276610

14-06-2012 4034 Tatiana Correa Ruiz 79006154-G

14-06-2012 4034 Aitor Ruiz Díaz

Segundo: Otorgar un plazo de 15 días para que pueda presentar cuantos documentos y justificantes consideren oportuno para acreditar su correcta inscripción en el Padrón Municipal de Habitantes de Valle de Trápaga, o bien proceda a regularizar su situación padronal comunicando a este Ayuntamiento la variación de su domicilio o el municipio de su actual residencia.

Tercero: Transcurrido dicho plazo sin realizar actuación alguna en cualquiera de los dos sentidos indicados, se procederá, de una parte, a tramitar su baja en el Padrón de Habitantes de este municipio, con las consecuencias que ello conlleva, y de otra parte, a realizar las actuaciones oportunas en relación con las sanciones que resulten de aplicación, de conformidad con lo dispuesto por el...

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