RESOLUCIÓN 966/2002 del Director de Hacienda de 20 de julio, por la que se aprueban las condiciones técnicas y diseño de los soportes magnéticos válidos para sustituir los modelos en papel correspondientes a las declaraciones-liquidaciones del Impuesto sobre el Valor Añadido, modelos 300, 310, 320 y 330, así como del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes (establecimientos permanentes), modelos 110, 111, 115-A, 200 y 200-A.

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Diputación Foral de Alava - Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava DocumentoViernes, 28 de Junio de 2002 , * B.O.T.H.A. Num. 72I - DIPUTACION FORAL DE ALAVA Anuncios DEPARTAMENTODEHACIENDA, FINANZASYPRESUPUESTOS DIRECCIONDEHACIENDA Ref. 4.089RESOLUCIÓN 966/2002 del Director de Hacienda de 20 de julio, por la que se aprueban las condiciones técnicas y diseño de los soportes magnéticos válidos para sustituir los modelos en papel correspondientes a las declaraciones-liquidaciones del Impuesto sobre el Valor Añadido, modelos 300, 310, 320 y 330, así como del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes (establecimientos permanentes), modelos 110, 111, 115-A, 200 y 200-A. El Decreto Foral 50/2001, del Consejo de Diputados de 20 de abril, regula el procedimiento de presentación a través de soporte magnético de las declaraciones-liquidaciones del Impuesto sobre el Valor Añadido, modelos 300, 310, 320 y, así como del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y sobre Sociedades, modelos 110, 111, 115-A, 200 y 200-A. Por su parte, mediante la Orden Foral 497 del Diputado de Ha cienda, Finanzas y Presupuestos, de 13 de julio de 2001, se declaró aplicable el procedimiento regulado en el mencionado Decreto Foral 50/2001, de 20 de abril, a la presentación de las declaraciones-liquidaciones del Impuesto sobre Sociedades. La presente Resolución tiene por objeto regular y aprobar las condiciones y el diseño de los soportes magnéticos, según figura en el Anexo adjunto, válidos para sustituir los modelos en papel correspondientes a las declaraciones-liquidaciones señaladas en el artículo 4 del Decreto Foral 50/2001, de 20 de abril, y en el apartado primero de la Orden Foral 497 de 13 de julio de 2001 correspondientes a los períodos 2002 y 2001, respectivamente. De acuerdo con lo establecido en el artículo 12 del Decreto Foral 50/2001. RESUELVO: PRIMERO.- Aprobar las condiciones técnicas y diseño de los soportes magnéticos válidos para sustituir los modelos en papel correspondientes a las declaraciones-liquidaciones del Impuesto sobre le Valor Añadido, modelos 300, 310, 320 y 330, así como del lmpuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes (establecimientos permanentes), modelos 110, 111, 115-A, 200 y 200-A, de acuerdo a las especificaciones contenidas en los anexos a la presente resolución. En Vitoria-Gasteiz, a 20 de junio de 2002.- El Director de Hacienda, ÁNGEL BARRASA SOBRÓN. IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDOMODELOS 300, 310, 320 Y 330PERIODOS 2002 1) CARACTERÍSTICAS DE LOS SOPORTES MAGNÉTICOS: Los soportes magnéticos para la presentación de las declaraciones del Impuesto sobre el Valor Añadido-2002 (modelos 300, 320, 330 y 310) habrán de cumplir las siguientes características: A) CONTENIDO: Cada soporte deberá contener exclusivamente información relativa a declaraciones del ejercicio 2002 sujetas a la misma fecha de finalización del plazo de presentación, debiendo presentar cada modelo en un fichero. B) TIPO DE SOPORTE: @* texto final:Cinta magnética Pistas: 9. Densidad: 1.600 o 6.250 PBI. Código: EBCDIC, en mayúsculas. Etiquetas: Sin etiquetas. Marcas: De principio y fin de Cinta. Registros: 2.100 posiciones. Factor de bloqueo: 10. @* texto final:Disquetes De 3 1/2" de una o dos caras Sistema operativo MS-DOS 3.30 o superior. Código ASCII en mayúsculas, secuencial tipo texto. Registros: 2.100 posiciones. Factor de bloqueo: 1. Los Diskettes deberán llevar un solo fichero, cuyo nombre será IVA2002.TXT obtenido con BACKUP o COPY dependiendo del numero de registros y en el orden que se menciona en el siguiente apartado de "Diseños Lógicos". Si el fichero ocupa mas de un diskette, deberá presentarse en formato 'Back-up', que se realizara mediante los comandos del Sistema Operativo MS-DOS y desde el directorio raíz. Organización: Secuencial C) ETIQUETA EXTERNA EN EL SOPORTE: El soporte magnético deberá tener una etiqueta adherida en el exterior en la que se harán constar, en el orden que a continuación se relacionan, los siguientes datos: - DE: NIF, Nombre o Razón Social, y Teléfono del Profesional Autorizado - A: Diputación Foral de Álava - CARACTERÍSTICAS: Una o dos caras, alta o doble densidad (si es Diskette) - FICHERO: - IVA2002 - Modelo (s) y Período (s) - NÚM. DE REGISTROS: xxx.xxx - NÚM. DE DECLARACIONES: xxx.xxx - NÚM. DE VOLUMEN: n de m Donde: @* texto final:Modelo (s) y Período (s) = Mes y/o Trimestre de las declaraciones grabadas para cada modelo. ejemplo 1: IVA2002 300 (1° trimestre) y 320 (marzo) ejemplo 2: IVA2002 320 (abril) ejemplo 3: IVA2002 300 (2° trimestre) @* texto final:n de m = Número de secuencia del diskette: ejemplo: si son dos diskettes: 1 de 2 (el 1°), 2 de 2 (el 2°) D) PLAZOS DE PRESENTACIÓN: Los soportes deberán presentarse dentro del plazo correspondiente de presentación de cada modelo. A continuación se detalla el calendario de presentación de soportes para el año 2002: Del 1 febrero 2002 al 25 febrero 2002: Modelos 320 y 330 del periodo 200201-200201 (enero) Del 1 marzo 2002 al 25 marzo 2002: Modelos 320 y 330 del periodo 200202-200202 (febrero) Del 1 abril 2002 al 25 abril 2002: Modelos 320 y 330 del periodo 200203-200203 (marzo) Modelos 300 y 310 del periodo 200201-200203 (primer trimestre) Del 1 mayo 2002 al 27 mayo 2002: Modelos 320 y 330 del periodo 200204-200204 (abril) Del 1 junio 2002 al 25 junio 2002: Modelos 320 y 330 del periodo 200205-200205 (mayo) Del 1 julio 2002 al 26 julio 2002: Modelos 320 y 330 del periodo 200206-200206 (junio) Modelos 300 y 310 del periodo 200204-200206 (segundo trimestre) Del 1 septiembre 2002 al 10 septiembre 2002: Modelos 320 y 330 del periodo 200207-200207 (julio) Del 1 septiembre 2002 al 25 septiembre 2002: Modelos 320 y 330 del periodo 200208-200208 (agosto) Del 1 octubre 2002 al 25 octubre 2002: Modelos 320 y 330 del periodo 200209-200209 (septiembre) Modelos 300 y 310 del periodo 200207-200209 (tercer trimestre) Del 1 noviembre 2002 al 25 noviembre 2002: Modelos 320 y 330 del periodo 200210-200210 (octubre) Del 1 diciembre 2002 al 26 diciembre 2002: Modelos 320 y 330 del periodo 200211-200211 (noviembre) Del 1 enero 2003 al 30 enero 2003: Modelos 320 y 330 del periodo 200212-200212 (diciembre) Modelos 300 y 310 del periodo 200210-200212 (cuarto trimestre) 2) DISEÑOS LÓGICOS REGISTRO DEL PROFESIONAL: Para cada fichero se incluirá un primer registro de Cabecera de fichero o "Tipo -C-" que contendrá los datos del Profesional y el número de declaraciones que contiene, de acuerdo al diseño que se detallará más adelante. REGISTRO DE LAS DECLARACIONES: A continuación se grabarán los registros de Detalle o "Tipo D"; uno por cada declaración, que contendrán los datos de control y de las claves e importes de la misma. CONSIDERACIONES GENERALES: Ambos tipos de registro se grabarán de acuerdo a los siguientes criterios: Todos los campos alfabéticos se presentarán alineados a la izquierda y rellenos de blancos por la derecha y sin caracteres numéricos o especiales. Todos los campos alfanuméricos se presentan alineados a la izquierda y rellenos con blancos a la derecha. Los caracteres alfabéticos se formatearán en mayúsculas. Todos los campos numéricos se presentan alineados a la derecha y rellenos a ceros por la izquierda, y sin empaquetar. Todos los campos tendrán contenido, a no ser que se especifique lo contrario en la descripción del campo. Si no lo tuvieran, los campos numéricos se rellenarán a ceros y los alfanuméricos a blancos. Formato del Número de Identificación Fiscal (En adelante NIF): (Nueve posiciones). A) PERSONAS FÍSICAS: Se hará constar el NIF de acuerdo con el Decreto Foral 88/1998 de 27 de Octubre, artículo 4, Apartados a y b. Dicho NIF irá ajustado a la derecha, siendo la última posición el carácter de control y rellenado con ceros las posiciones de la izquierda. B) PERSONAS JURÍDICAS: Se hará constar el NIF de acuerdo con el Decreto Foral 88/120008 de 27 de octubre, artículo 6, Apartados a y b. La primera posición de la izquierda tomará el valor de la letra que le corresponda. Las siete posiciones siguientes, numéricas obligatoriamente. La última posición (alfanumérica) llevará el valor del Dígito de Control correspondiente. 3) DESCRIPCIÓN DE REGISTROS 3-1) REGISTRO DEL PROFESIONAL POS. POS TIPO CARACTERES INIC. FINAL DATO DATOS DESCRIPCIÓN REGISTRO TIPO -C- CABECERA 1 1 N 9 TIPO DE REGISTRO = C DATOS DEL PROFESIONAL 2 10 AN X (9) NIF DEL PROFESIONAL 11 60 AN X (50) APELLIDOS Y NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DEL PROFESIONAL 61 100 AN X (40) LIBRE A BLANCOS DATOS SOBRE EL CONTENIDO DEL SOPORTE 101 106 N 9 (6) NÚMERO DE DECLARACIONES PRESENTADAS 107 2100 AN X (1994) LIBRE A BLANCOS 3-2) REGISTRO DE DECLARACIONES (DETALLE) POS. POS TIPO CARACTERES INIC. FINAL DATO DATOS DESCRIPCIÓN REGISTRO TIPO -1- DETALLE CLAVE REGISTRO DETALLE (POSICIONES 01 A 50) 1 1 AN X TIPO DE REGISTRO = D 2 10 AN X (9) NIF DEL PROFESIONAL L> CLAVE DECLARACIÓN (POSICIONES 11 A 50) 11 19 AN X (9) NIF DEL DECLARANTE 20 25 N 9 (6) PERÍODO INICIAL (AAAAMM) 26 31 N 9 (6) PERÍODO FINAL (AAAAMM) 32 34 N 9 (3) MODELO DE LA DECLARACIÓN 35 35 AN X SIGNO RESULTADO (BLANCO Ó N) 36 49 N 9 (12)V99 RESULTADO DE LA DECLARACIÓN 50 50 AN X MONEDA (PESETAS Ó EUROS) DATOS DEL DECLARANTE 51 100 AN X (50) APELLIDOS Y NOMBRE O RAZÓN SOCIAL 101 125 AN X (25) TEXTO CALLE DOMICILIO DEL DECLARANTE 126 128 N 9 (3) NÚMERO PORTAL " 129 129 AN X LETRA PORTAL " 130 131 AN X (2) ESCALERA PORTAL " 132 133 AN X (2) PISO " 134 136 AN X (3) MANO " 137 161 AN X (25) TEXTO ENTIDAD " 162 186 AN X (25) TEXTO MUNICIPIO " 187 211 AN X (25) TEXTO PROVINCIA " 212 216 N 9 (5) CÓDIGO POSTAL " 217 225 N 9 (9) TELÉFONO DEL DECLARANTE (NNNNNNNNN) 226 250 AN X (25) ANAGRAMA 251 267 AN X (17) DESCRIPCIÓN ACTIVIDAD 1 (MODELO 310) 268 284 AN X (17) DESCRIPCIÓN ACTIVIDAD 11 (MODELO 310) 285 300 AN X (16) DESCRIPCIÓN ACTIVIDAD 21 (MODELO 310)...

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