Notificación de las resoluciones de los expedientes sancionadores instruidos por la Consejería de Turismo y Deportes

SecciónPrimera. Contratación Pública
EmisorCONSEJERÍA DE TURISMO Y DEPORTES

Puesto que no ha sido posible notificar las resoluciones de los expedientes sancionadores que se relacionan a continuación, instruidos por la Consejería de Turismo y Deportes por presuntas infracciones administrativas en materia de turismo, en ejecución de lo que dispone el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica a las personas que también se indican a continuación que se ha decidido sancionarlas “atendiendo a las circunstancias de estos casos:

Expediente número: 076/13

Titular: Gabriel Téllez de Peralta

Empresa: Apartamento núm. 69 “Bahía de Camp de Mar”

Ultimo Domicilio: C/ Francisca Capllonch Plomer, 9 de Camp de Mar, Andratx

Fecha: 24 de enero de 2014

Infracción: artículo 105 g) de la Ley 8/2012, de 19 de julio del Turismo de las Illes Balears, en relación a los artículos 19 a), 23, 28 y 52 de la misma Ley y artículo 19 del Decreto 13//2011 de 25 de febrero

Calificación de la infracción: Una infracción Grave

Sanción: 4.001 €

Expediente número: 099/2013

Titular: Xiuli, SL

Empresa: Bar Cafetería Pascalino

Ultimo Domicilio: Paseo Anglada Camarassa, 45 de Puerto de Pollensa

Fecha: 11 de febrero de 2014

Infracción: artículo 104 f), 104 e), 104 s) y 104 t) de la Ley 8/2012, de 19 de julio del Turismo de las Illes Balears, en relación a los artículos 19 y 24 de la misma Ley, artículos 14 y 22 del Decreto 13/2011 de 25 de febrero, y artículo 3 del Decreto 4/2007 de 2 de febrero

Calificación de la infracción: Cuatro infracciones Leves

Sanción: 3.300 €

Se comunica que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 53 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la CAIB, y el artículo 109 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, estas resoluciones ponen fin a la vía administrativa y, de acuerdo con lo que dispone el artículo 116 de la Ley 30/1992, modificada por la Ley 4/1999, se puede interponer recurso potestativo de reposición frente al órgano competente, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la notificación de las resoluciones, o directamente recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo contencioso administrativo en el plazo de dos mesas a contar desde el día siguiente al de la notificación de las resoluciones, de acuerdo con los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13...

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