Anuncio aprobación Bases reguladoras y la Convocatoria pública de subvenciones del PMEI bono escolar 2013/2014

SecciónPrimera. Contratación Pública
EmisorPATRONATO MUNICIPAL DE GUARDERIAS INFANTILES
Rango de LeyAnuncio

PATRONATO MUNICIPAL DE ESCUELAS INFANTILES

El Consejo Rector de día 14 de mayo y la Junta de Gobierno de día 23 de mayo de 2013, tomo el siguiente acuerdo:

  1. - Aprobar las adjuntas Bases reguladoras y la Convocatoria publica de subvenciones del PMEI: Bono escolar curso 2013/2014.

  2. – Autorizar una cantidad máxima destinada al cuso 2013/2014 de 270.000€ con cargo a la partida presupuestaria 00.32100.48910 del vigente presupuesto de 2013 y la correspondiente partida al presupuesto de 2014, de acuerdo con la siguiente tabla presupuestaria:

Periodo del 1 de setiembre al 31 de diciembre de 2013 108.000,00€

Periodo del 1 de enero al 31 de julio de 2014 162.000,00€

Contra esta resolución, que agota la vida administrativa, se puede interponer recurso de reposición ante el mismo órgano que lo ha dictado, de acuerdo con lo que dispone el artículo 116 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, según la redacción que le da la Ley 4/99, de 13 de enero. El plazo para interponerlo es de un mes contado desde el día siguiente de su publicación. En este caso no se podrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que no se haya resuelto el de reposición.

El recurso de reposición potestativo se tiene que presentar en el Registro General de este Ayuntamiento o en las dependencias a que se refiere el artículo 38, de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, antes mencionada, y se considerará desestimado cuando no se haya resuelto y notificado la resolución en el plazo de un mes contado desde el día siguiente de su interposición. En este caso queda expedita la vía contenciosa administrativa.

Si no se utiliza el recurso potestativo de reposición se puede interponer directamente recurso contencioso administrativo, de acuerdo con lo que establece el artículo mencionado anteriormente y los artículos 45 y siguientes de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, ante el juzgado de lo contencioso administrativo de esta ciudad, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de su publicación. Eso sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que se considere pertinente

Palma 28 de mayo de 2013

El Teniente de Alcalde del Área de Educación, Familia, Inmigración y Mayores, Sebastià Sansó Bonet

CONVOCATORIA PÚBLICA DE SUBVENCIONES DEL PATRONAT MUNICIPAL D’ESCOLES D’INFANTS DE PALMA: BONO ESCOLAR CURSO 13-14 (Aprobado en el CR ordinario del PMEI de día 14 de mayo del 2013

De acuerdo con la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones y la Ordenanza general reguladora de la concesión de subvenciones del Ayuntamiento de Palma aprobada por el Pleno del Ayuntamiento en sesión ordinaria de día 28 de julio de 2005 y publicada en el BOIB nº 140 de día 22 de septiembre de 2005, se establece la convocatoria de la concesión de subvenciones denominada Bono Escolar para el curso 2013-2014, mediante un régimen de concurrencia competitiva.

Esta convocatoria se rige por los principios de publicidad, concurrencia y objetividad, así como por los de eficacia en el cumplimiento de los objetivos fijados y eficiencia en la asignación y la utilización de los recursos públicos.

De acuerdo con el artículo 13 de la Ordenanza general municipal, se han redactado las siguientes bases:

1- Objeto.

1.1- El objeto de estas bases es regular las ayudas para subvencionar gastos de enseñanza de los niños que, estando escolarizados en alguna de las escuelas de educación infantil que pertenecen al Registre Municipal d’Escoles d’Infants de Palma, se encuentren en situación socioeconómica desfavorable y en las condiciones que se señalan en estas bases.

1.2- El ámbito de aplicación material de esta convocatoria es el municipio de Palma, de forma que únicamente pueden tramitar solicitudes los beneficiarios que estén empadronados en el municipio de Palma, con una renta per capita anual inferior a 18.068,40 €.

1.3- Esta convocatoria se rige por la Ordenanza general reguladora de la concesión de subvenciones del Ayuntamiento de Palma aprobada por el Pleno del Ayuntamiento en sesión ordinaria de día 28 de julio de 2005 y publicada en el BOIB nº 140 de día 22 de septiembre de 2005, que establece las bases que deben regir las convocatorias para la concesión de subvenciones, y la Ley 38/2003, de 17 de noviembre de 2003, general de subvenciones, de conformidad con lo que dispone el artículo 17.2, que tiene como principio general la transparencia y velar por la eficacia de las subvenciones para atender actividades de interés público.

2- Importe y consignación presupuestaria.

Para atender las obligaciones de contenido económico que se derivan de la concesión de las subvenciones del Bono Escolar objeto de esta convocatoria existe crédito adecuado y suficiente en la partida 00.32100.48910 del Presupuesto general de gastos del Patronat Municipal d’Escoles d’Infants de Palma para el año 2013.

La cantidad máxima destinada al curso 2013-2014 es de 270.000,00 € (doscientos setenta mil euros), con cargo a la mencionada partida presupuestaria del vigente Presupuesto de 2013 y a la correspondiente partida del Presupuesto de 2014, de acuerdo con la siguiente tabla presupuestaria:

Periodo del 1 de septiembre al 31 de diciembre del 2013 108.000,00 €

Periodo del 1 de enero al 30 de junio del 2014 162.000,00 €

TOTAL: 270.000,00 €

3-Actividades subvencionadas.

El bono escolar se destinará exclusivamente a cubrir las 11 mensualidades (de septiembre a julio) correspondientes a los gastos de enseñanza de los niños escolarizados en alguna de las escuelas de educación infantil de primer ciclo que pertenecen al Registre Municipal d’Escoles d’Infants de Palma.

No incluirá los gastos derivados de actividades extraescolares, los de comedor, los de horarios especiales, libros, material escolar, matrículas, etc.

4- Registre Municipal d’Escoles d’Infants de Palma (Escuelas Infantiles a través de las cuales se realiza el pago de las subvenciones del Bono Escolar).

4.1- Objeto

Se crea el Registre Municipal d’Escoles d’Infants de Palma (RMEI) para las escuelas privadas de educación infantil de primer ciclo de Palma que reuniendo unos determinados requisitos quieran ofrecer a los niños matriculados en el centro la posibilidad de solicitar la subvención denominada Bono Escolar.

4.2- Requisitos generales de los centros

4.2.1. Estar ubicados en el término municipal de Palma.

4.2.2. Deberán tener las condiciones acústicas, de habitabilidad y seguridad que determine la legislación...

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