Instrumento de Ratificación del Protocolo Adicional Complementario del Convenio entre los Estados Parte en el Tratado del Atlántico Norte y los otros Estados Participantes en la Asociación para la Paz, Relativo al Estatuto de sus Fuerzas, Hecho en Bruselas el 19 de diciembre de 1997

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Ámbito TerritorialNormativa Estatal
RangoInstrumento

JUAN CARLOS I

REY DE ESPAÑA

Por cuanto el día 9 de abril de 2009, el Plenipotenciario de España, nombrado en buena y debida forma al efecto, firmó en Washington el Protocolo Adicional Complementario del Convenio entre los Estados Parte en el Tratado del Atlántico Norte y los otros Estados participantes en la Asociación para la paz, relativo al Estatuto de sus Fuerzas, hecho en Bruselas el 19 de diciembre de 1997,

Vistos y examinados el preámbulo y los seis artículos del Protocolo,

Concedida por las Cortes Generales la autorización prevista en el artículo 94.1 de la Constitución,

Vengo en aprobar y ratificar cuanto en el mismo se dispone, como en virtud del presente lo apruebo y ratifico, prometiendo cumplirlo, observarlo y hacer que se cumpla y observe en todas sus partes, a cuyo fin, para su mayor validación y firmeza, mando expedir este Instrumento de Ratificación firmado por Mí, debidamente sellado y refrendado por el infrascrito Ministro de Asuntos Exteriores y de Cooperación.

Dado en Madrid, a 9 de julio de 2010.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Asuntos Exteriores y de Cooperación,

MIGUEL ÁNGEL MORATINOS CUYAUBÉ

PROTOCOLO ADICIONAL COMPLEMENTARIO DEL CONVENIO ENTRE LOS ESTADOS PARTES EN EL TRATADO DEL ATLÁNTICO NORTE Y LOS OTROS ESTADOS PARTICIPANTES EN LA ASOCIACIÓN PARA LA PAZ RELATIVO AL ESTATUTO DE SUS FUERZAS

Tomando en cuenta el «Convenio entre los Estados Partes en el Tratado del Atlántico Norte y los demás Estados participantes en la Asociación para la Paz en relación con el estatuto de sus Fuerzas» y el Protocolo Adicional a este Convenio, firmados en Bruselas el 19 de junio de 1995;

Considerando la necesidad de establecer y reglamentar el estatuto de los cuarteles generales militares de la OTAN establecidos en territorio de los Estados participantes en la Asociación para la Paz y del personal de dichos cuarteles generales con el fin de facilitar las relaciones con las fuerzas armadas de los diversos países miembros de la Asociación para la Paz;

Considerando la necesidad de prever un estatuto adecuado para el personal de las fuerzas armadas de los Estados asociados que se añada o asocie a los cuarteles generales de la OTAN;

Considerando que podría ser deseable, teniendo en cuenta las circunstancias propias de ciertos Estados miembros de la OTAN o de ciertos Estados asociados, responder a la necesidad anteriormente expresada por medio...

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