Resolución sobre suspensión de prestaciones

SecciónAdministración General del Estado
EmisorMinisterio de Empleo y Seguridad Social

Resolución sobre suspensión de prestaciones

Servicio Público de Empleo Estatal.-Examinadas las actuaciones practicadas en el expediente sancionador incoado con respecto una prestación por desempleo del nivel asistencial que viene Carene Flore Ongmilan, con D.N.I. número Y0528915K y con domicilio en calle Guipúzcoa, 44-3.º L (48920-Portugalete) percibiendo y en atención a los siguientes:

Hechos

  1. En la tramitación de este expediente se han seguido las formalidades legales.

  2. Ha dejado Carene Flore Ongmilan, de cumplir las obligaciones exigidas en el compromiso de actividad suscrito.

    Deberá personarse en el plazo para presentar reclamación previa adjuntando pasaporte y la inscripción como demandante de empleo en el, S.P.E.A., (Lanbide) En el caso de no acreditar esta documentación, se entenderá que ha dejado de reunir los requisitos y se iniciará el procedimiento correspondiente a dicho incumplimiento.

  3. Con fecha 21 de enero de 2013. se le comunico la propuesta de suspensión de su derecho por el motivo indicado, concediéndole un plazo de 15 días para que alegara cuanto considerara que conviene a su derecho, de acuerdo con lo dispuesto en el número 3, del artículo 37 bis del Reglamento General sobre el procedimiento para la imposición de sanciones por infracciones de orden social y para los expedientes liquidatorios de cuotas de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 928/1998. de 14 de mayo.

  4. No ha formulado alegaciones a los que son de aplicación los siguientes:

    Fundamentos de derecho

  5. El Servicio Público de Empleo Estatal es competente para resolver por razón de la materia, de acuerdo con el número 4 bis y número 5 del artículo 48 del Texto Refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por Real Decreto Legislativo S/2000, de 4 de agosto.

  6. Los hechos expresados constituyen una infracción leve de las contempladas en la letra c), del número 3, del artículo 24 del mencionado Texto Refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, sancionada con la suspensión del derecho durante un mes. según lo dispuesto en la letra...

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