Anuncio del Excmo. Ayuntamiento de Bilbao relativo a las Bases de convocatoria del proceso selectivo para la provisión de 25 plazas de agente de la Policía Municipal, 9 con perfil lingüístico 2 de euskera preceptivo, por el sistema general de acceso libre, mediante Oposición, aprobadas por Resolución del Concejal Delegado del Área de Recursos Humanos de 12 de marzo de 2014.

SecciónAdministración Local del Territorio Histórico de Bizkaia
EmisorAyuntamiento de Bilbao

Anuncio del Excmo. Ayuntamiento de Bilbao relativo a las Bases de convocatoria del proceso selectivo para la provisión de 25 plazas de agente de la Policía Municipal, 9 con perfil lingüístico 2 de euskera preceptivo, por el sistema general de acceso libre, mediante Oposición, aprobadas por Resolución del Concejal Delegado del Área de Recursos Humanos de 12 de marzo de 2014.

ANEXO.

Primera.-Objeto de la convocatoria.

Las presentes Bases Específicas regirán, junto con las Bases Generales aprobadas por Resolución del Concejal Delegado de 11 de diciembre de 2009 («Boletín Oficial de Bizkaia» 31 de diciembre de 2009), el proceso selectivo convocado por el sistema de acceso libre mediante Oposición, que se complementará, como parte del procedimiento selectivo, con un Curso de formación y un Período de prácticas, para la provisión de 25 plazas de Agente de la Policía Municipal, de ellas 9 con Perfil Lingüístico 2 de euskera preceptivo, pertenecientes al Grupo de Administración Especial, Subgrupo de Servicios Especiales, Clase Policía Municipal, integradas en el Grupo de Clasificación Profesional C, Subgrupo C-2, correspondientes a las Ofertas Públicas de Empleo de 2008 y 2013.

El número de plazas convocadas podra ser ampliable, en los términos legalmente establecidos, en función de las vacantes de la categoría de Agente de la Policía Municipal que se generen durante el desarrollo del presente proceso selectivo, si así lo estima conveniente el órgano competente para la aprobación de la presente convocatoria.

En el supuesto de que se produzca tal ampliación, la misma se regirá igualmente por las presentes Bases y, en todo caso, deberá ser dispuesta, como máximo, con anterioridad al trámite de publicación de la relación de personas aprobadas en el proceso de Oposición del presente proceso.

Descripción de funciones y tareas de la plaza, a título informativo y sin que las mismas tengan carácter exhaustivo, entre otras son las siguientes:

Velar por el cumplimiento de las leyes y la seguridad ciudadana y vigilar los bienes que constituyen el patrimonio municipal y privado, patrullando por la zona que les ha sido asignada, tanto a pie como en vehículo, detectando necesidades vecinales y de mantenimiento de los bienes públicos.

Atender directamente solicitudes vecinales y, en su caso, trasladarlas a sus superiores, informando y asesorando a la ciudadanía en todo lo que ésta solicite.

Efectuar diligencias de prevención y cuantas actuaciones tiendan a evitar la comisión de faltas y actos delictivos, así como el aseguramiento de pruebas y la aprehensión de delincuentes.

Ordenar, señalizar y dirigir el tráfico, de acuerdo con lo establecido en las normas de circulación y, en su caso, realizar la actividad sancionadora que sea necesaria por infracción de la normativa vigente.

Prevención y denuncia en lo relativo al cumplimiento de ordenanzas, bandos y demás disposiciones (Ley de Espectáculos y Actividades Recreativas, normativa en materia de medio ambiente, etc) y actos municipales dentro de su ámbito de competencia (venta ambulante, mendicidad, decomisos, aforos, horarios, niveles de ruido, etc).

Notificar denuncias, citaciones y sanciones a las personas interesadas y ejecutar, en su caso, resoluciones, oficios y mandamientos judiciales.

Las correspondientes a todo agente de Policía Municipal en base al ordenamiento jurídico y a la prestación de servicio público cuando así se halle establecido o se requiera por causa de interés general, con estricto cumplimiento del Código Deontológico establecido legalmente.

Segunda.-Requisitos específicos.

Las personas aspirantes que deseen participar en el presente proceso selectivo deberán reunir los siguientes requisitos:

  1. Hallarse en posesión del permiso de conducir BTP (y/o aquellos otros que, de conformidad con la normativa específica, impliquen la concesión del mismo) y no tener suspendida su vigencia, judicial o administrativamente. Este requisito deberá poseerse con carácter previo al inicio del Curso de Formación previsto en la Base Séptima, determinándose por el Tribunal la exclusión del procedimiento selectivo de quienes así no lo hicieren.

    En consecuencia, quienes no lo hubieran acreditado hasta entonces, deberán personarse, con anterioridad a la fecha indicada, en el Área de Recursos Humanos (Subárea de Selección, sita en el Edificio Aznar, Plaza de Venezuela número 2, Planta 5.ª, de lunes a viernes en horario de 8,30 a 12,30 horas) y presentar la acreditación del cumplimiento de este requisito.

    Los permisos indicados anteriormente, deberán estar en vigor en todo momento, a partir del plazo establecido para su exigencia, durante el resto del proceso selectivo y hasta el nombramiento en propiedad como funcionario de carrera, sin ser objeto de suspensión, retirada o privación del derecho a conducir, ya sean éstas de carácter administrativo o judicial, ni haber perdido la totalidad de los puntos asignados.

  2. Hallarse en posesión del Título de Graduado en Educación Secundaria (LOGSE), E.S.O, Bachiller Elemental, Graduado Escolar, Formación Profesional de Primer Grado, Técnico Auxiliar, Formación de Grado Medio o equivalente a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.

  3. Asumir, mediante la presentación de la instancia, los siguientes compromisos en el desarrollo de las funciones del puesto al que se aspira:

    - Portar armas y su utilización en los casos previstos en la normativa vigente.

    - Renunciar a la exhibición de prendas, adornos o símbolos ajenos a la uniformidad, dotación y equipamiento policial.

    - Renunciar, en la prestación del servicio público de policía, a cualquier práctica derivada de creencias religiosas, ideológicas o de conciencia, incompatibles o perjudiciales con el ejercicio del mismo, de acuerdo con lo establecido en el ordenamiento jurídico.

    - Conducir vehículos policiales.

    - En general, ejercer las funciones correspondientes a todo agente de Policía Municipal, en base al ordenamiento jurídico y a la prestación de servicio público, con estricto cumplimiento del Código Deontológico establecido legalmente.

  4. Los demás requisitos, que vienen establecidos en las vigentes Bases Generales, aprobadas por Decreto de Concejal Delegado de fecha 11 de diciembre de 2009 y publicadas en el BOB de fecha 31 de diciembre de 2009 y que se reproducirán en la web municipal, (www.bilbao.net), junto con la publicación de las Bases Específicas del presente proceso selectivo, tendentes a garantizar el carácter operativo y el buen funcionamiento del servicio de Policía Local.

    De conformidad con las mismas, la totalidad de los requisitos deberán poseerse en su totalidad, a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias, excepto el relativo a la capacidad funcional, que deberá ser certificado por los servicios médicos municipales antes del nombramiento como funcionario en prácticas o de carrera y el relativo al permiso de conducir BTP.

    Tercera.-Derechos de examen.

    Se fijan en la cantidad de 4,00 euros.

    Cuarta.-Instancias.

    De conformidad con lo establecido en las Bases Generales, las solicitudes deberán cumplimentarse en el modelo oficial que figura en el Anexo III de las presentes Bases, que será facilitado gratuitamente en las dependencias del Registro General del Ayuntamiento de Bilbao y en los Registros de los Centros Municipales de Distrito, así como en las dependencias del Área de Recursos Humanos. Dicho modelo oficial de instancia será publicado, junto con las Bases, en la web municipal (www.bilbao.net/ayuntamiento/empleo y oposiciones/lista de convocatorias de oferta pública de empleo).

    La documentación acreditativa de cumplimiento de los requisitos indicados, así como los títulos de idiomas, diplomas de artes marciales o permiso tipo "A" de conducción, deben ser relacionados e identificados de manera suficiente en la instancia por la que se solicite tomar parte en el presente proceso selectivo, debiendo aportar copia de la documentación acreditativa de los mismos junto con la instancia.

    A los efectos previstos en la Base Undécima relativa a la confección de Bolsas de Trabajo, a resultas de la celebración de los procesos selectivos a los que se refieren las presentes bases, las personas aspirantes deberán indicar en su solicitud de participación en dichos procesos si se oponen a la cesión a otras entidades de la Administración Pública de sus datos relativos a: Nombre y apellidos, D.N.I, domicilio, teléfono de contacto y nivel de formación. Esta cesión de datos tendrá como única y exclusiva finalidad, el que por éstas les puedan ser realizadas ofertas de empleo en los términos legalmente previstos, considerándose, de no constar expresamente su oposición, que prestan su consentimiento a ello.

    Quinta.-Tribunal.

    La composición del Tribunal, de conformidad con lo establecido en la legislación vigente y de lo establecido en las vigentes Bases Generales para la provisión en propiedad de plazas de plantilla del Ayuntamiento de Bilbao, contará con un/a Presidente/a, un/a Secretario/a y cuatro Vocales como mínimo, entre los que necesariamente...

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