Pieza de ejecución 161/2012

SecciónJuzgados de Vitoria
EmisorJuzgado de lo Social

Jesús Sevillano Hernández, secretario judicial del Juzgado de lo Social número 1 de Vitoria-Gasteiz, hago saber:

Que en autos Pieza de ejecución 161/2012 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancias de Juan Carlos Altuna Echevarría, Mariano Álvez Álvarez, José Ignacio Caballero Lara, Francisco Cabrera Haba, Leonardo Casal Peteiro, Pedro María Cerezo Goicoelea, Antonio Cobo Cobo, Jesús Collado Salomón, Eladio Corral Prado, José Curras Roibas, José Dafonte Pena, Eduardo Domingo Domingo, Jerónimo Domínguez Sánchez, Manuel Fernández Fuertes, Emiliano García Lara, Antonio García Romero, Alberto Gómez Laguardia, Juan Manuel González González, Juan Cruz Gutiérrez Martínez, José Antonio López Cilleros, Rafael Miguel Blanco, Nazario Muñoz Moreno, Manuel Pablos Rivera, F. Manuel Pazos Rodríguez, Pablo Pérez Santiago, Carlos Pérez Vizan, Lucinio Pernia Fernández, Antonio Pino Yañez, Alfonso Rodríguez Ramos, Felipe Ruiz Garduño, Miguel A. Saiz Pena, Pedro Sánchez Ramos, Paulino Santamaría Baranda, Avelino Santolaya Villate, Antonio De Santos Zornoza, Alonso Trigo González, Jesús Vega Calle, Jesus Vicente Martín, José Vilela Villar y Saturnino Zamorano Cantero Contra Sinersis Europea de Gestión SA sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la siguiente:

Decreto número 465/2012

Secretario judicial que lo dicta: Jesús Sevillano Hernández En Vitoria-Gasteiz, a 4 de septiembre de 2012.

Parte dispositiva

A los efectos de las presentes actuaciones (ejecución 161/12); y para el pago de 314.110,60 euros de principal, y 62822,12 euros calculados para intereses y costas, se declara insolvente, por ahora, al deudor Sinersis Europea de Gestión SA, sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.

Firme la declaración de insolvencia, hágase constar en el Registro correspondiente (artículo 276.5 de la LJS) y archívense provisionalmente las actuaciones.

Notifíquese esta resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial.

Modo de impugnarla: mediante recurso de revisión ante el Juez, a presentar en la Oficina Judicial dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, por escrito en el que deberá citarse...

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