Acuerdo del Pleno del Tribunal Vasco de Cuentas Públicas de aprobación definitiva del informe de fiscalización de la Cuenta General del Territorio Histórico de Álava del ejercicio 2003, adoptado en sesión de 19 de diciembre de 2005.

SecciónAdministraciones Vascas
Rango de LeyAcuerdo

Diputación Foral de Alava - Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava DocumentoMiércoles, 15 de Marzo de 2006 , * B.O.T.H.A. Num. 31III - OTRAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Administración Autónoma Vasca TRIBUNAL VASCO DE CUENTAS PÚBLICAS Ref. 1.093D. EMPRESAS PÚBLICAS FORALES Acuerdo del Pleno del Tribunal Vasco de Cuentas Públicas de aprobación definitiva del informe de fiscalización de la Cuenta General del Territorio Histórico de Álava del ejercicio 2003, adoptado en sesión de 19 de diciembre de 2005. El Pleno del Tribunal Vasco de Cuentas Públicas en sesión celebrada el día 19 de diciembre de 2005, ha adoptado el siguiente ACUERDO: Aprobar con carácter definitivo el informe de fiscalización de la Cuenta General del Territorio Histórico de Álava del ejercicio 2003, que figura como Anexo al presente Acuerdo. Disponer, de conformidad con lo previsto en el artículo 13.2 de la Ley 1/88 del TVCP/HKEE, la publicación de sus conclusiones en el BOPV y en el BOTHA. Vitoria-Gasteiz, 19 de diciembre de 2005.- La Presidenta del TVCP, Mª ASUNCIÓN MACHO BERROYA.- La Secretaria General del TVCP, BEGOÑA MARIJUÁN ARCOCHA. Las referencias a apartados explicativos remiten a información adicional incluida en los anexos que se publican en la edición completa del Informe por el Tribunal Vasco de Cuentas Públicas. INTRODUCCIÓN El presente informe de fiscalización sobre la actividad económica-financiera del sector público foral del Territorio Histórico de Álava correspondiente al ejercicio 2003 está integrado por los informes de fiscalización de los siguientes subsectores: ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FORAL El subsector Administración pública foral está integrado por las siguientes entidades: - Diputación Foral de Álava. - Instituto Foral de Bienestar Social (IFBS), que es el organismo autónomo administrativo encargado de la organización, gestión, prestación y ejecución de las actividades relacionadas con los servicios sociales. - Instituto Foral de Juventud (IFJ), que es un organismo autónomo administrativo dedicado a la formación y promoción integral de la juventud. EMPRESAS PÚBLICAS FORALES El subsector Empresas públicas forales está integrado por las siguientes entidades: - Sociedades públicas de la DFA, que son aquéllas en las que su participación en el capital social de las mismas es superior al 50% y que son las siguientes: SOCIEDADES PÚBLICAS % PART. OBJETO Álava Agencia de Desarrollo, SA (AAD) 100 Impulso y promoción de la industrialización. Naturgolf, SA 99,98 Diversas actividades relacionadas con el medio naturalque contribuyan al desarrollo y mejora del entorno socioeconómico, potenciando iniciativas generadoras de riqueza y ocupación, incluyendo la gestión de parques naturales. Actualmente, la actividad principal se centra en la explotación de los campos de golf de Urturi y Lagrán. Centro de Cálculo de Álava, SA 100 Prestación de servicios relacionados con la explotación y el desarrollo informático. rb0›S.Anónima de Gestión del Patrimonio rb(0,0,K,100,0,0,0%)Cultural Edificado de Álava (Arabarri) 55,9 Diferentes actuaciones en el ámbito de las áreas de rehabilitación integrada. Arabako Lanak, SA 100 Proyectar, construir, conservar y explotar, en nombre propio o por cuenta de la Diputación Foral de Álava, las obras públicas de infraestructuras. Fernando Buesa Arena, SA 100 Gestión económica integral y explotación y aprovechamiento económico del recinto multiusos Fernando Buesa Arena y la organización de espectáculos. Álava Agencia de Agua, SA 100 Asesoramiento técnico en materia de abastecimiento y saneamiento de aguas y regadíos, así como todas las actividades relacionadas con la prestación de dichos servicios en el Territorio Histórico de Álava. Vías de Álava, SA 100 Construcción, conservación, mantenimiento y explotación, por sí o por medio de terceras personas, de la Autopista A-1 Vitoria-Gasteiz-Eibar a su paso por el Territorio Histórico de Álava. Laudioko Elkartegia, SA 89,2 Promoción industrial. Asparrenako Elkartegia, SA 98 Promoción industrial. La elaboración del informe de fiscalización se efectúa de acuerdo con la Ley 1/1988 del Tribunal Vasco de Cuentas Públicas/Herri Kontuen Euskal Epaitegia, en adelante TVCP/HKEE, estando incluido en el Programa de Trabajo del TVCP/HKEE para el periodo junio 2004-mayo 2005. La fiscalización abarca los siguientes aspectos: - Legales: cumplimiento de la normativa aplicable en las áreas relativas al presupuesto, endeudamiento, operaciones financieras, personal, contratación de obras, servicios y suministros, concesión de subvenciones y ayudas públicas, e ingresos de derecho público. - Contables: se analiza si la Cuenta General se elabora de conformidad con los principios contables que resultan de aplicación. - Análisis financiero de la liquidación presupuestaria de la Administración pública foral y de la situación económica de la Administración pública foral y de las Empresas públicas forales. - El alcance del trabajo no incluye un análisis sobre la eficacia y eficiencia del gasto. No obstante, las deficiencias detectadas se detallan en el epígrafe "Consideraciones sobre el sistema de control interno", junto a las recomendaciones para su mejora. ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FORAL I. OPINIÓN I.1 Opinión sobre el cumplimiento de legalidad A. Diputación Foral de Álava (DFA) PERSONAL 1.- La DFA no incluye en sus declaraciones fiscales del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas los pagos de primas de seguro de vida e invalidez de su personal, que deben ser considerados como retribuciones en especie a efectos de dicho impuesto (artículo 15.3 f) de la NF 35/1998 del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas). Tampoco se incluyen las cesantías pagadas a los altos cargos por importe de 49 miles de euros, al no considerarlas como retribuciones sujetas al IRPF cuando la normativa tributaria no contempla exención para estas retribuciones. CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA 2.- En el expediente que tiene por objeto la realización de la 1ª fase de la actualización del catastro de Vitoria-Gasteiz, adjudicado mediante concurso por importe de 1.360 miles de euros (exp. número 28), el anuncio de licitación se ha publicado en el BOTHA y en el BOPV, pero no en el DOCE, incumpliendo el artículo 203.2 del TRLCAP (deficiencia A5 en anexo A.8.1). 3.- El convenio suscrito con la Fundación Deportivo Alavés Fundazioa para la difusión, promoción, financiación y desarrollo de actividades relacionadas con la cultura física, el deporte, las de contenido social, cultural y de investigación (temporadas 2003-2004 a 2005-2006), por importe de 900 miles de euros a abonar a la firma del convenio, ha sido aprobado por el Consejo de Gobierno de 9 de diciembre de 2003, sin acreditar las circunstancias excepcionales que hubieran justificado la imposibilidad de aplicar los principios de publicidad y concurrencia (deficiencia D1 en anexo A.8.1). 4.- El 11 de marzo de 2003 el Consejo de Diputados autorizó la prorroga por quinta vez consecutiva del contrato administrativo de prestación del servicio de Agencia Ejecutiva, formalizado inicialmente el 1 de febrero de 1990 sin publicidad ni concurrencia previa. Con la prorroga acordada, la duración del contrato se amplía hasta el 1 de febrero de 2004, fecha en la que el contrato cumplirá 14 años de vigencia, superando cualquier previsión legal para este tipo de contratos. El importe pagado por la DFA a la Agencia Ejecutiva como premio de cobranza del ejercicio 2003 es de 890 miles de euros. SUBVENCIONES 5.- La Diputación puede conceder subvenciones sin aplicar los principios de publicidad, concurrencia y objetividad cuando se determine de modo inequívoco su singularidad y se justifique debidamente la imposibilidad de promover concurrencia (artículo 7 de la NF 3/97). En nuestra revisión detectamos que en cinco de los casos analizados, por 751 miles de euros, no se ha justificado debidamente su singularidad, (deficiencia A1 del anexo A.4.4). Los beneficiarios de las ayudas han sido 3 entidades locales, 1 entidad sin ánimo de lucro y 1 fundación privada (participada en un 25% por DFA) por importes de 526, 120 y 105 miles de euros, respectivamente. * En opinión de este Tribunal, la Diputación Foral de Álava/DFA, excepto por los incumplimientos anteriores, ha cumplido razonablemente en el ejercicio 2003 la normativa legal que regula su actividad económico-financiera. B. Instituto Foral de Bienestar Social (IFBS) CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA 1.- En los dos concursos para la adjudicación de los contratos de gestión de servicio de ayuda a domicilio, por un importe total de 9.312 miles de euros, se exigió en los pliegos, por error, como requisito de admisión de los licitadores la clasificación de las empresas. En el acto de apertura de plicas la Mesa de contratación acordó tener por no puesto dicho requisito. Esta circunstancia debió suponer la retroacción del expediente y nueva publicación sin el requisito de la clasificación, a fin de que todas las empresas interesadas que no contaran con dicho requisito hubieran tenido oportunidad de presentar su oferta (deficiencia A1 en anexo B.5). * En opinión de este Tribunal, el Instituto Foral de Bienestar Social, excepto por el incumplimiento anterior, ha cumplido razonablemente en el ejercicio 2003 la normativa legal que regula sus actividades económico-financieras. C. Instituto Foral de la Juventud (IFJ) * En opinión de este Tribunal, el Instituto Foral de la Juventud ha cumplido razonablemente en el ejercicio 2003 la normativa legal que regula sus actividades económico-financieras. I.2 Opinión sobre las cuentas forales A. Diputación Foral de Álava (DFA) 1.- Durante la fiscalización se han detectado certificaciones de obra devengadas y no registradas en el ejercicio 2003 por importe de 1.303 miles de euros. Un adecuado registro supondría minorar el Remanente de Tesorería Disponible a 31 de diciembre de 2003 e incrementar el activo y el pasivo del balance de situación en 1.303 miles de euros. 2.- Durante el ejercicio...

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