Aprobación de la ordenanza reguladora del precio público para la prestación del servicio de aparcamiento en el estacionamiento subterráneo de la Plaza Europa de Es Pujols

SecciónI. Disposiciones generales
EmisorCONSEJO INSULAR DE FORMENTERA

APROBACIÓN DEFINITIVA DE LA ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE APARCAMIENTO EN EL ESTACIONAMIENTO SUBTERRÁNEO DE LA PLAZA EUROPA DE ES PUJOLS

Habiendo transcurrido treinta (30) días hábiles de exposición al público del expediente relativo a la Ordenanza reguladora del precio público para la prestación del servicio de aparcamiento en el estacionamiento subterráneo de la Plaza Europa de Es Pujols, la exposición de la cual fue publicada en el Boletín Oficial de las Islas Baleares núm. 7 de fecha 16 de enero de 2014, y no constando la presentación de reclamación en esta Entidad, una vez dado cuenta al Pleno del Consell Insular de Formentera de fecha 28 de marzo de 2014 de la aprobación definitiva, en cumplimiento de lo que prevé el artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el cual se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se hace público que ha quedado definitivamente aprobada la Ordenanza reguladora del precio público para la prestación del servicio de aparcamiento en el estacionamiento subterráneo de la Plaza Europa de Es Pujols, el texto de la cual es el siguiente:

ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE APARCAMIENTO SUBTERRÁNEO EN LA PLAZA EUROPA, ES PUJOLS FORMENTERA

Capítulo I Artículos 1 y 2

Objeto, competencia y cuestiones generales

Artículo 1

Objeto de la ordenanza.

El objeto del la presente ordenanza es la regulación de los precios públicos y del uso y el régimen interno del aparcamiento subterráneo de la plaza de Europa Pujols, bajo titularidad y gestión del Consell Insular de Formentera.

Artículo 2

Fundamentos y naturaleza jurídica.

El Consell Insular de Formentera, conforme a lo dispuesto en los artículos 2.1e) y 127 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (RDL 2/2004, de 5 de marzo ), que establece los precios públicos para la prestación del servicio de aparcamiento subterráneo, que se regulará conforme a lo establecido en los artículos 41 a 47 del citado texto refundido, y por analogía, por la Ley 8/89, de 13 de abril, de tasas y precios públicos, modificada por la Ley 25/1998 de 13 de julio, y por lo preceptuado en esta ordenanza reguladora.

Capítulo II Artículo 3

Obligados al pago

Artículo 3

Obligación de pago.

El precio público regulado en esta ordenanza se satisfará por todos aquellas personas usuarias que se beneficien del aparcamiento subterráneo de la plaza de Europa, Es Pujols, aparcamiento de 136 plazas titularidad del Consell Insular de Formentera.

A estos efectos será considerado persona beneficiaria y obligada al pago del precio público por la reserva de plaza fija, la persona titular de la misma y para las estancias eventuales y/o rotatorias, tanto las que sean por minutos, como las que sean mensuales o semanales, la persona conductora del vehículo.

La obligación del pago del importe de precio público nace en el momento en que se autorice el ingreso del vehículo dentro de las instalaciones del aparcamiento público.

En caso de abandono o no presencia de la persona conductora del vehículo, será requerida la persona propietaria de este. Será requisito imprescindible para la salida de cualquier vehículo el previo pago del importe del precio público reportado según cada modalidad.

Capítulo III Artículos 4 y 5

Precios públicos

Artículo 4

Importe de los precios públicos vigentes.

El Consell Insular de Formentera hará público con carácter anual, en el mes de enero, un cuadro de precios que incluirá la actualización de los importes de los precios públicos para cada una de las modalidades de uso del aparcamiento y el número de plazas designadas por cada modalidad. La revisión de los precios se realizará previo informe de la persona responsable del servicio.

Las tarifas vigentes serán las siguientes:

Régimen de plaza fija:

Abono anual: 720 euros

Abono de invierno (semestrales noviembre a abril ): 150 euros

Régimen de rotación:

Abonos mensual:

- Tarifa de invierno: 25 euros/mes

- Tarifa de verano: 80 euros/mes

Abono semanal: 35 euros/semana

Rotación por minutos:

- Precio de la hora de estacionamiento: 1,70 €

- Importe mínimo: 0,50 €

- Importe por minuto: 0,028 €

- Importe máximo de estacionamiento continuado por los vehículos en régimen de rotación: 20,50 euros (máximo 12 horas)

- Pérdida del ticket: se aplicará el tiempo real consumido mediante la comprobación de la estancia del vehículo, Véase artículo 25 del Reglamento de Uso y Régimen Interno del aparcamiento subterráneo de la plaza de Europa, Es Pujols de Formentera.

- Precios publicidad (paneles 2,00 x 1,25):

- Muros laterales interiores: 400,00 euros/año

Todos los precios indicados incluyen el IVA.

Según lo establecido en el artículo 47 de la Ley 2/2004, de 5 de marzo, del texto refundido de la Ley reguladora de haciendas locales, y según lo establecido en el artículo 23.2b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las bases de Régimen Local, el Pleno del Consell Insular de Formentera delega en la Comisión de Gobierno la modificación de los precios públicos.

Artículo 5

Cobro.

El pago del precio público se realizará:

- Las estancias eventuales o rotatorias por minutos, en el momento de abandonar el aparcamiento y conforme a la liquidación que en el acto se realice.

- En cuanto a las estancias prolongadas o fijas (anuales y semestrales de invierno), o abonos mensuales y semanales, se podrá hacer el ingreso directamente en la siguiente cuenta corriente del Consell Insular de Formentera 2100-0187-17-0200348582, entregando el comprobante de pago en las oficinas del aparcamiento de plaza de Europa; mediante domiciliación bancaria a cuentas indicadas por las personas usuarias; o en las oficinas del aparcamiento de la plaza de Europa, es Pujols mediante tarjeta de crédito.

- Cuando se trate de abonos mensuales los pagos se realizarán por anticipado.

- Cuando se trate de abonos semanales los pagos se realizarán por anticipado.

- Cuando se trate de plazas fijas, el pago se realizará por adelantado...

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