Demanda 585/2011

SecciónIV. Procediments judicials
EmisorJUTJATS DE LO SOCIAL Nº 12 MADRID

CEDULA DE NOTIFICACION

Dª. MONTSERRAT TORRENTE MUÑOZ, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social número 12 de MADRID, HAGO SABER:

HAGO SABER: Que en el procedimiento DEMANDA 585/2011 seguido a instancia de Dª MARIA YOLANDA CARMONA GARCIA contra la empresa VERT INVERSIONES 2010 SL, VALFAR SA, PIEL INTERNACIONAL SA sobre DERECHOS FUNDAMENTALES, RESOLUCION CONTRATO VOLUNTAD TRABAJADOR y DESPIDO, se ha dictado SENTENCIA cuyo FALLO es el siguiente:

Desestimo la excepción de Falta de Legitimación Pasiva alegada por la única empresa compareciente al juicio y declaro bien constituida la relación jurídico procesal entablada por la actora.

Estimo la demanda acumulada que ejercita la acción de despido de la actora, MARIA YOLANDA CARMONA GARCIA.

No procede pronunciamiento respecto a la acción acumulada por Extinción de contrato a instancia de la trabajadora, porque a la fecha de su demanda, ya estaba extinguida la relación por despido.

Declaro las empresas codemandadas forma Grupo de Empresas y en consecuencia declaro la responsabilidad solidaria de todas ellas.

Declaro la improcedencia del despido de la actora, con efectos de 6/4/2011.

En consecuencia condeno de forma solidaria a las codemandadas, VALFAR SA., VERT INVERSIONES 2010 SL., y PIEL INTERNACIONAL SA., a estar y pasar por las anteriores declaraciones, debiendo optar en el plazo de cinco días desde la notificación de esta sentencia a la readmisión de la trabajadora en las mismas condiciones anteriores al despido o al pago de la cantidad de 102.686,55 euros en concepto de indemnización, que se abonará de forma solidaria por las codemandadas.

Se tendrá en cuenta la cantidad de 31.945,28 euros ya percibidos por la actora, por el concepto de indemnización, al objeto de descontarlos de la cantidad total fijada en esta sentencia.

En ambos casos, las empresas codemandadas, abonarán solidariamente, los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la notificación de esta sentencia, a razón de 3.480,87 euros mensuales brutos, con inclusión de ppe., que ascienden a 48.152,45 euros.

Notifíquese esta sentencia al Ministerio Fiscal y a la Administración Concursal de PIEL INTERNACIONAL SA.

Esta sentencia...

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