Decreto de creación del Consejo Consultivo de la Industria de la Comunidad de Madrid (Decreto 27/2006, de 16 marzo)

Publicado enBOCM
Ámbito TerritorialNormativa de Madrid
RangoDecreto

El día 7 de octubre de 2004 se firmó entre el Gobierno de la Comunidad de Madrid y los agentes sociales el Acuerdo por el Empleo y el Crecimiento Económico de la Comunidad de Madrid, en el que se configura como objetivo primordial el impulso de un crecimiento económico duradero y generador de empleo.

Para alcanzar este objetivo es necesario el fomento de la competitividad de nuestro tejido productivo garantizando un modelo sostenible y equilibrado que genere empleo de calidad. La concertación social es un hecho clave que ayuda a incrementar la confianza de los agentes económicos y sociales, propiciando la inversión y el crecimiento económico de nuestra Región.

Por ello, el punto 1.7 del citado Acuerdo prevé una serie de medidas concretas que permitirán materializar el apoyo a los sectores productivos y que, en el caso concreto del sector industrial, incluyen la creación del Consejo Consultivo de la Industria de la Comunidad, con la finalidad de colaborar en la definición y orientación de la política industrial de la Comunidad de Madrid, y particularmente desarrollar el contenido del Libro Blanco de la Industria.

Con su creación se pretende satisfacer la demanda del conjunto de los Agentes sociales y económicos de obtener el debido reconocimiento social que, por su importancia, le corresponde a la industria en la Comunidad de Madrid, y que derive en una mayor atención por parte de la Administración Pública hacia sus necesidades. Asimismo, se persigue no sólo fomentar el diálogo y difusión de los sectores industriales sino también facilitar, con el máximo nivel representativo de todos sus componentes, el planteamiento y solución de las demandas empresariales. Es por ello que la elaboración del presente Decreto ha contado con la participación activa de las organizaciones sindicales y empresariales más representativas (UGT-Madrid, CC OO-Madrid y CEIM-Confederación Empresarial de Madrid).

La Comunidad de Madrid tiene atribuidas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.3.1.1 del Estatuto de Autonomía, aprobado por la Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, competencias en materia de ordenación y planificación de la actividad económica regional, de acuerdo con las bases y la ordenación de la actividad económica general y la política monetaria del Estado.

De acuerdo con lo establecido en los artículos 7 y 9 del Decreto 115/2004, de 29 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía e Innovación Tecnológica, esta tiene atribuidas competencias en materia del fomento del desarrollo económico y de mejora y promoción del entorno industrial.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Economía e Innovación Tecnológica, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión de 16 de marzo de 2006,

DISPONGO

ARTÍCULO 1 Naturaleza jurídica y adscripción
  1. Se crea el Consejo Consultivo de la Industria como órgano colegiado, consultivo y asesor, cuya finalidad es colaborar con la Consejería competente en materia de industria en el desarrollo del Libro Blanco de la Industria, todo ello en el marco del Acuerdo por el Empleo y el Crecimiento Económico de la Comunidad de Madrid.

  2. El Consejo Consultivo de la Industria estará adscrito a la Consejería competente en materia de industria.

  3. El Consejo Consultivo de la Industria desarrollará su actividad con total independencia funcional de los restantes órganos e instituciones en la Comunidad de Madrid, sin participación en la estructura jerárquica de esta.

ARTÍCULO 2 Régimen jurídico

El Consejo Consultivo de la Industria se regirá por el presente...

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