Convocatoria municipal de subvenciones 2007

SecciónAdministración Local del Territorio Histórico de Bizkaia
EmisorAyuntamiento de Bilbao

PQ05A17A.

El Ayuntamiento de Bilbao, mediante acuerdo de la Junta de Gobierno de la Villa, de fecha 13 de diciembre de 2006, aprobó las bases reguladoras generales, y las específicas de cada ámbito, para la concesión de subvenciones municipales del año 2007, cuyo contenido es el siguiente:

BASES REGULADORAS GENERALES PARA LA CONCESIÓN .

DE SUBVENCIONES MUNICIPALES (AÑO 2007).

Artículo 1 Objeto de estas bases generales.

El objeto de estas bases generales es regular el procedimiento de concesión de subvenciones, por parte del Ayuntamiento de Bilbao, en el año 2007, para el desarrollo de programas complementarios a los municipales, contribuyendo así a alcanzar los objetivos previstos por las áreas del Ayuntamiento en sus diferentes ámbitos de actuación.

Artículo 2 Ámbitos, líneas de subvención y conceptos subvencionables.

A continuación se relacionan los ámbitos y líneas de subvención a las que las personas o entidades interesadas podrán presentar sus solicitudes. Estas líneas de subvención pueden desglosarse en diferentes conceptos subvencionables que se concretan posteriormente en las bases específicas.

Ámbito Líneas de subvención.

Acción Social 1. Apoyo a programas con menores y familias.

  1. Apoyo a programas de integración social de personas con discapacidad.

  2. Apoyo a asociaciones de personas mayores: equipamiento.

  3. Apoyo a asociaciones de personas mayores: mantenimiento, actividades y programas.

  4. Inmigración.

  5. Inserción social.

  6. Integración social.

    Relaciones Promoción del asociacionismo vecinal y la participaCiudadanas ción ciudadana.

    Cultura 1. Actividades culturales.

  7. Programas de dinamización de personas mayores.

  8. Fiestas de barrios.

    Euskera 1. Servicios culturales en euskera - euskera elkarteak.

  9. Fomento del euskera.

    Deporte Promoción del deporte.

    Educación Programas de apoyo a la educación.

    Promoción Promoción de la igualdad de mujeres y hombres.

    de la igualdad

    de mujeres

    y hombres .

    Juventud 1. Programas de apoyo a las asociaciones de ocio y tiempo libre educativo.

  10. Programas de promoción de la participación juvenil.

  11. Programas de apoyo a la música para grabación de discos y maquetas.

    Medio Ambiente Sensibilización y educación medioambiental.

    Salud y Consumo 1. Apoyo a programas de promoción de la salud.

  12. Apoyo a programas de autoayuda.

  13. Apoyo a programas de atención al consumo.

  14. Apoyo a programas de drogodependencias.

    Urbanismo Fomento de la participación ciudadana en el planeamiento urbanístico.

    Cooperación Cooperación al desarrollo (programas anuales).

    al Desarrollo Cooperación al desarrollo (programas bienales).

    Sensibilización y educación al desarrollo (programas anuales).

    Sensibilización y educación al desarrollo (programas bienales).

    Las bases reguladoras específicas para cada uno de estos ámbitos y líneas de subvención se incorporan como Anexos a estas bases generales.

Artículo 3 Solicitantes.

3.1. Podrá solicitar subvención, en principio, cualquier persona física o jurídica, interesada en promover o realizar en Bilbao programas como los que se describen posteriormente en las bases reguladoras especificas. No obstante, estas bases específicas podrán prever excepciones a esta norma general.

3.2. En el caso de entidades sin ánimo de lucro (asociaciones y fundaciones), deberán estar inscritas, y tener sus datos actualizados, en el Registro de Entidades de Participación Ciudadana del Ayuntamiento de Bilbao (sito en el Área de Relaciones Ciudadanas. Pl Venezuela 2,4º. Tl.: 94 420 43 33).

3.3. Excepcionalmente, si una entidad sin sede social en el municipio planteara realizar alguna actividad en Bilbao de manera puntual y sin continuidad en los próximos años, se le exigirá la inscripción en el Registro General de Asociaciones del Gobierno Vasco o el registro público que le corresponda.

Artículo 4 Solicitudes.

4.1. Plazo de presentación de las solicitudes: 25 días hábiles, es decir, excluyendo domingos y festivos, a contar desde el día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial de Bizkaia».

4.2. Información y recogida y entrega de solicitudes.

Lugares de recogida y entrega.

Podrán recogerse y entregarse las solicitudes en la Oficina de Atención Ciudadana del Ayuntamiento de Bilbao y en las de los Centros Municipales de Distrito:

- Oficina central de Atención Ciudadana: Plaza Ernesto Erkoreka, 1, bajo.

- Oficina del Distrito 1: Avda. Lehendakari Aguirre, 42.

- Oficina del Distrito 2: Plaza Iturriondo, 4.

- Oficina del Distrito 3: Avda. Txomin Garat, 12-18.

- Oficina del Distrito 4: Circo Amateur Club Deportivo, 2.

- Oficina del Distrito 5: Pelota, 10.

- Oficina del Distrito 6: Barrainkua, 5.

- Oficina del Distrito 7: Gordóniz, 49, A y B.

- Oficinas del Distrito 8:

Basurto: Luis Briñas, 18.

Zorroza: Hermógenes Rojo, 1.

La información y los modelos de solicitud estarán también disponibles en la web municipal (www.bilbao.net), aunque la entrega deberá realizarse en alguna de las oficinas señaladas.

Horario de atención.

Mañanas: lunes a viernes: 08:30 a 14:00 h. (en todas las oficinas).

sábados: 08:30 a 12:30 h. (sólo en la Oficina central).

Tardes: jueves: 16:30 a 19:30 h. (sólo en la Oficina central).

4.3. Hoja de Solicitud.

Para cada ámbito y línea de subvención se deberá rellenar una Hoja de Solicitud, conforme al modelo facilitado por el Ayuntamiento. En esta Hoja se detallarán los programas que la persona o entidad solicitante presenta a esa línea de subvención de forma directa o, indirectamente, a través de los conceptos subvencionables en los que puede estar desglosada esa línea en las bases específicas, respetando siempre las limitaciones establecidas en los siguientes artículos.

4.4. Las solicitudes de subvención no podrán superar, en ningún caso, el importe máximo a conceder a un programa que se fija, para cada línea o concepto subvencionable, en las bases específicas.

4.5. A través de las bases específicas se podrá también limitar el número de programas que pueden ser presentados dentro de una misma línea de subvención o concepto subvencionable, en su caso.

4.6. Asimismo, en todas las solicitudes se deberá tener en cuenta que, tal y como señala el artículo 10 de estas bases, el total de la financiación que se obtenga, por subvenciones y otras fuentes, no podrá superar el coste del programa presentado.

Artículo 5 Documentación a aportar.

5.1. La Hoja de Solicitud se firmará declarando que la persona o entidad solicitante no está incursa en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiaria previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, y se entregará junto con la siguiente documentación:

  1. Ficha Resumen y Ficha del Presupuesto de cada programa, conforme a los modelos facilitados por el Ayuntamiento

  2. Programa o programas elaborados que se presentan a esa línea de subvención.

  3. Memoria de las actividades que la persona o entidad hubiera desarrollado en el año anterior (salvo que se trate de una entidad de reciente constitución).

  4. En el caso de personas jurídicas (asociaciones, fundaciones...), certificación del acuerdo del órgano competente (asamblea, junta directiva...) donde se aprueba la realización del programa o los programas para los que se solicitan subvención (se facilitará modelo al recoger la solicitud).

    En el caso de personas físicas, fotocopia del D.N.I.

  5. Certificación acreditativa de estar al corriente en el pago de las obligaciones fiscales, expedida en el año en curso por la Administración tributaria competente.

  6. Certificación acreditativa de estar al corriente de pago de las obligaciones de Seguridad Social, o de no tener la entidad trabajadores a su cargo, expedida en el año en curso por la Tesorería General de la Seguridad Social.

  7. Cualquier otro documento que, para alguna línea de subvención concreta, se mencione en las bases específicas.

    5.2. Si la solicitud se presenta a los ámbitos de la Cooperación al Desarrollo, Juventud o Deporte, además de la documentación referida en los apartados anteriores, se acompañará un formulario específico que será facilitado por el Ayuntamiento.

    5.3. Aquellas personas o entidades que no hayan recibido nunca subvención municipal o ningún otro pago del Ayuntamiento por cualquier concepto y que, por lo tanto, no figuren inscritas en el Registro de Acreedores, deberán presentar, debidamente cumplimentada, la «Ficha de Acreedores» que se les facilitará.

    5.4. Las entidades que carecieran de acceso al Registro de Entidades de Participación Ciudadana del Ayuntamiento de Bilbao, adicionalmente, deberán aportar también la documentación siguiente:

  8. Fotocopia del documento que acredite la inscripción en el registro correspondiente.

  9. Fotocopia de los estatutos de la entidad.

    5.5. En el supuesto de que un mismo programa se presente a diferentes áreas municipales para su financiación, la persona o entidad deberá hacer mención expresa en la hoja de solicitud de que ese programa se presenta a diferentes ámbitos y líneas, especificando a cuáles y la cantidad que solicita a cada una de ellas. Será suficiente con presentar una única hoja de solicitud y la documentación correspondiente.

    5.6. Si la solicitud no estuviera debidamente formalizada o faltara algún dato o alguno de los documentos mencionados, se requerirá a la persona o...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR