RESOLUCIÓN de 24 de junio de 2008, de la Delegada Territorial en Bizkaia del Departamento de Justicia, Empleo y Seguridad Social, por la que se resuelve el registro y publicación del Convenio Colectivo para Aluminio Inyectado Aliasa, S.L. Con Código número 480662. ...

SecciónAdministración Autonómica del Pais Vasco
EmisorDepartamento de Justicia, Empleo y Seguridad Social

RESOLUCIÓN de 24 de junio de 2008, de la Delegada Territorial en Bizkaia del Departamento de Justicia, Empleo y Seguridad Social, por la que se resuelve el registro y publicación del Convenio Colectivo para Aluminio Inyectado Aliasa, S.L. Con Código número 480662.

Antecedentes.

  1. Con fecha 12 de mayo de 2008 y ante esta Delegación Territorial de Bizkaia se ha presentado el texto del Convenio Colectivo para la empresa Aluminio Inyectado Aliasa, S.L, suscrito el 7 de marzo de 2008, así como el acta inicial de constitución de la Mesa Negociadora y el acta final.

  2. La Comisión Negociadora del Convenio fue requerida para que subsanara el artículo 13 del texto del citado convenio por considerar que podía ser ilegal, subsanándose la ilegalidad con fecha 18 de junio de 2008 por dicha comisión Negociadora.

  3. Dicho texto ha sido suscrito por los representantes de la empresa y los Delegados de los trabajadores de la Comisión Negociadora.

  4. La vigencia de dicho Convenio se establece del 1 de enero de 2008 al 31 de diciembre de 2010.

    Fundamentos de derecho.

  5. La competencia para la inscripción y publicación del citado Convenio Colectivo viene determinada por el Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores, conforme a lo dispuesto en su artículo 90.2, que determina que los Convenios deberán ser presentados ante la Autoridad Laboral a los solos efectos de registro, en relación con el Decreto del Gobierno Vasco 39/1981, de 2 de marzo, sobre creación y organización del Registro de los Convenios Colectivos de Trabajo, y la Orden de 3 de noviembre de 1982, que desarrolla el citado Decreto, así como el artículo 24.1.g) del Decreto 315/2005, de 18 de octubre, del Departamento de Justicia, Empleo y Seguridad Social, que atribuye a la Delegación Territorial la facultad de gestionar la Sección Territorial del Registro de Convenios Colectivos de Euskadi.

  6. Teniendo en cuenta que la Comisión Negociadora está compuesta por la Dirección de la Empresa y por los Delegados de los Trabajadores en la misma, el acuerdo adoptado reúne los requisitos del artículo 89.3 del Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores citado.

  7. El artículo 90.5 del Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores determina que si la Autoridad Laboral estimase que el Convenio conculca la legalidad vigente o lesiona gravemente el interés de terceros, se dirigirá de oficio a la Jurisdicción competente, y considerando que en el presente supuesto no se lesiona el interés de terceros ni se conculca la legalidad vigente, procede, de conformidad con los apartados 2 y 3 del citado artículo, su registro y depósito, así como disponer su publicación en el «Boletín Oficial de Bizkaia».

    Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación, la Delegada Territorial en Bizkaia,.

    RESUELVE:

  8. Ordenar la inscripción en el Registro de Convenios Colectivos de esta Sección Territorial del Convenio Colectivo de la empresa Aluminio Inyectado Aliasa, S.L.

  9. Disponer la publicación del citado Convenio Colectivo en el «Boletín Oficial de Bizkaia».

  10. Proceder a su correspondiente depósito en esta Delegación Territorial.

  11. Notificar la presente Resolución a las partes, haciendo saber que contra la misma podrán interponer recurso de alzada ante el Director de Trabajo y Seguridad Social del Gobierno Vasco, en el plazo de un mes, de conformidad con lo establecido en el artículo 114, en relación con el artículo 115 de la Ley de 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, en relación con el artículo 17.j) del Decreto 315/2005, de 18 de octubre, por el que se establece la Estructura Orgánica y Funcional del Departamento de Justicia, Empleo y Seguridad Social.

    En Bilbao, a 24 de junio de 2008.-La Delegada Territorial en Bizkaia, Karmele Arias Martínez.

    CONVENIO COLECTIVO 2008-2009-2010 .

    ALUMINIO INYECTADO ALIASA, S.L.

Artículo 1 Ámbito funcional.

El presente convenio es de aplicación a todo el personal de Aluminio Inyectado Aliasa. S.L., sometiéndose y aceptando ambas partes que el presente convenio es de obligado cumplimiento.

Artículo 2 Ámbito temporal.

La vigencia del presente convenio será del 1 de enero de 2008 al 31 de diciembre de 2010. Los efectos económicos y sociales se retrotraerán al 1 de enero de 2008.

Las cláusulas normativas del convenio, quedarán prorrogadas a la finalización del la vigencia del mismo, hasta la firma del nuevo convenio.

Quedará automáticamente denunciado el 1 de octubre de 2010, pudiendo iniciarse desde esa fecha las negociaciones del nuevo convenio colectivo.

Artículo 3 Jornada de trabajo.

La jornada de trabajo para el año 2008 y 2009 será de 1684 horas y para el 2010 de 1680.

Los trabajadores/as que realicen su jornada de forma continuada, disfrutarán de 15 minutos de descanso para comer el bocadillo, tiempo que será considerado a todos los efectos como tiempo efectivo de trabajo.

La Dirección y el Comité de empresa establecerán el Calendario Laboral, manteniéndose los horarios de verano reconocidos a las distintas secciones o categorías, salvo pacto en contrario.

Artículo 4 Incremento salarial .

En el presente convenio, se establece el incremento salarial siguiente:

- Para el año 2008 del 5,20%.

- Para el 2009 del IPC REAL 2008 + 1 punto.

- Para el 2010 del IPC REAL 2009 + 1 punto.

Los incrementos se aplicarán en todos los conceptos salariales: salario base, compensación, prima suplidos y antigüedad.

En el anexo se incorporarán tablas salariales correspondientes a cada categoría.

Artículo 5 Antigüedad .

El número de quinquenios será ilimitado...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR