Doña Luis Fernando Andino Axpe, Secretaria del Juzgado de Social número 2 de Vitoria-Gasteiz. Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 346/2008 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancias de Ángel Acedo Olmedo contra la empresa Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social y Industrias Azkuenaga, S.A., sobre Incapacidad permanente, se ha dictado la siguiente sentencia: ...
Sección | Juez |
Emisor | Juzgado de lo Social número 2 de Vitoria-Gasteiz (Alava) |
Doña Luis Fernando Andino Axpe, Secretaria del Juzgado de Social número 2 de Vitoria-Gasteiz.
Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 346/2008 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancias de Ángel Acedo Olmedo contra la empresa Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social y Industrias Azkuenaga, S.A., sobre Incapacidad permanente, se ha dictado la siguiente sentencia:
En Vitoria-Gasteiz a quince de septiembre de dos mil ocho.
Vistos por la Ilma. Sra. Magistrada-Juez del Juzgado de lo Social número 2, doña María Dolores Román de la Torre los presentes autos número 346/2008 seguidos a instancia de Ángel Acedo Olmedo contra Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad SociaL y Industrias Azkuenaga, S.A., sobre incapacidad permanente. En nombre del Rey Ha dictado la siguiente:
Sentencia número 302/2008.
Antecedentes de hecho.
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Con fecha 4 de abril de 2008 tuvo entrada en este Juzgado demanda formulada por Ángel Acedo Olmedo, frente al Instituto Nacional de la Seguridad Social y Tesorería General de la Seguridad Social, en la que, con base en los hechos y fundamentos expuestos en ella, suplica se le declare afecta de una incapacidad permanente total o, subsidiariamente de una incapacidad permanente parcial, con derecho a percibir las prestaciones sociales correspondientes.
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Admitida a trámite la demanda, se citó de comparecencia a las partes para la celebración del correspondiente acto de conciliación y en su caso de juicio, para el día 15 de septiembre de 2008, a las 10:30 horas. Al acto del juicio compareció Ángel Acedo Olmedo, asistido por el Letrado Javier Corchón Barrientes, y como demandados, Instituto Nacional de la Seguridad Social y Tesorería General de la Seguridad Social, representados por el Letrado de la Seguridad Social Jesús María Gómez Sáez. Abierto el acto por S.S.a, la actora se afirmó y ratificó en la demanda, oponiéndose a ella la demandada y manifestando ambas cuantas alegaciones estimaron pertinentes para la defensa de sus derechos; recibido el pleito a prueba, se propuso y se practicó documental y pericial, con el resultado que obra en las actuaciones; seguidamente se elevaron las conclusiones a definitivas, declarándose los autos conclusos y vistos para Sentencia.
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En la tramitación de este proceso se han observado las prescripciones legales.
Hechos probados.
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Ángel Acedo Olmedo, nacido el 12 de abril de 1947 se encuentra afiliado al Régimen General de la Seguridad Social y su profesión habitual es la de Oficial Químicas.
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Por Resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social de 22 de marzo de 2006 se le reconoció al actor afecto de lesiones permanentes no invalidantes (hipoacusia que afecta a la zona conversacional de ambos oídos), con derecho a percibir la indemnización legal correspondiente.
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Se siguió un anterior expediente sobre incapacidad en el cual y tras el preceptivo informe de valoración médica de 25 de abril de 2007, se emitió dictamen propuesta por el EVI con la misma fecha, denegando la calificación de incapacidad permanente y se dictó Resolución por el Instituto Nacional de la Seguridad Social de fecha 20 de abril de 2007 en el sentido propuesto, que no fue impugnada por el actor.
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En el expediente a que se refiere el hecho probado tercero se objetivaron los siguientes menoscabos:
Manifestaciones del interesado:
- Antecedentes...
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