Decreto de actualización del Plan Territorial de Protección Civil de la Comunidad Autónoma de Extremadura (PLATERCAEX) (Decreto 143/2002, de 22 de octubre)

Publicado enDO Extremadura de 29 de Octubre 2002
Ámbito TerritorialNormativa de Extremadura
RangoDecreto

El día 2 de mayo de 1992 entró en vigor la Norma Básica de Protección Civil, aprobada por el Real Decreto 407/1992, de 24 de abril (Boletín Oficial del Estado de 1 de mayo de 1992) (RCL 1992/1016).

La aprobación de la Norma Básica, prevista en el artículo 8 de la Ley 2/1985, de 21 de enero (RCL 1985/174), de Protección Civil, ha supuesto un hecho de especial relieve pues, por una parte, la citada Norma define los ámbitos en que han de ejercerse las responsabilidades y competencias de las diferentes Administraciones Públicas en materia de Protección Civil y, por otra, contiene las directrices esenciales para la elaboración de los Planes Territoriales entre los que se hallan los de la Comunidad Autónoma y de los Planes Especiales, por sectores de actividad, tipos de emergencia o actividades concretas.

En este marco, mediante el Decreto 91/1994, de 28 de julio, la Comunidad Autónoma (D.O. de Extremadura de 5 de julio de 1994, núm. 77/1994) aprobada y ponía en vigencia el Plan Territorial de Protección Civil de la Comunidad Autónoma de Extremadura (PLATERCAEX) que materializa la previsión del marco orgánico-funcional y de los mecanismos que permiten la movilización de los recursos humanos y materiales necesarios para la protección de personas y bienes en caso de grave riesgo colectivo, catástrofe o calamidad pública así como el esquema de coordinación entre las distintas Administraciones Públicas llamadas a intervenir.

Así, el Plan Territorial de Protección Civil de la Comunidad Autónoma de Extremadura (PLATERCAEX), a partir de su configuración como Plan Director, fija el marco organizativo general en relación con su correspondiente ámbito territorial, de manera que permite la integración de los Planes Territoriales de ámbito inferior, al definir los elementos esenciales y permanentes del proceso de planificación y establecer directrices para la planificación local.

El propio PLATERCAEX establece la necesidad de su revisión y actualización periódica para adecuar el marco orgánico-funcional, los criterios de movilización y de coordinación, necesarios para la protección de las personas en situaciones de grave riesgo, catástrofe o calamidad pública, del Plan Territorial, a la realidad y necesidades de la Comunidad Autónoma de Extremadura. En ese sentido, mediante Resolución...

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