Acuerdo 203/2014, del Consejo de Diputados de 8 de abril, que aprueba las participaciones para 2014 y 2015 de la aportación extraordinaria a las entidades locales, aprobada mediante Norma Foral 34/2013, de 27 de diciembre y abona el primer pago de 2014 a las Cuadrillas, Ayuntamientos y Concejos.

SecciónDisposiciones Administrativas
EmisorDepartamento de Administración Local
Rango de LeyAcuerdo

Mediante Norma Foral 34/2013, de 27 de noviembre, las Juntas Generales de Álava aprobaron la distribución de una aportación extraordinaria a las entidades locales, con el objetivo de proceder al reintegro de dicha cantidad a las entidades locales alavesas a las que correspondía (todas menos el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz). Dicho reintegro se hará en forma de una aportación extraordinaria fraccionada en cuatro años, con la finalidad de tratar de conseguir causar el menor desequilibrio económico a la Diputación Foral.

Respecto al cálculo de la cantidad que corresponde percibir a cada entidad local, y a efectos exclusivamente de disponer de un mecanismo de distribución, se tienen en cuenta los criterios establecidos en la Norma Foral de Financiación de las Entidades Locales Alavesas, si bien las cantidades a repartir no forman parte del antedicho Fondo.

La citada Norma Foral 34/2013 establecía una serie de parámetros de cálculo, que posteriormente fueron modificados por la Norma Foral Norma Foral 39/2013, de 13 de diciembre, reguladora del Fondo Extraordinario para la Financiación de Obras acogidas al Plan Foral de Obras (FEFO) de las Entidades Locales alavesas.

De esta manera, los artículos que determinan el importe y la forma de distribución de la aportación han quedado redactados de la siguiente manera:

Artículo 1

Durante los años 2014 y 2015 las entidades locales alavesas, con la excepción del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz, recibirán de la Diputación Foral de Álava una aportación extraordinaria de 3.003.697,81 euros anuales.

Artículo 2

La distribución de dicha cantidad entre las entidades locales se realizará en el siguiente modo: 1. Se realizará la suma de las cantidades del Fondo de Finan ciación de Entidades Locales que corresponde a la totalidad de las entidades locales afectadas por la presente norma una vez realizada la liquidación correspondiente al año 2013. 2. Sobre dicha cantidad total se calculará el porcentaje que ha correspondido percibir a cada entidad local. 3. Cada una de las entidades locales deberá percibir durante cada uno de los años 2014 y 2015, el porcentaje resultante de la aplicación del punto anterior sobre un total de 3.003.697,81 euros anuales. 4. Dicha cantidad se entregará a las entidades locales por la Diputación Foral de Álava en cuatro plazos del mismo importe cada uno, en los meses de febrero, mayo, julio y octubre.

Una vez realizada la liquidación del Fondo de Financiación de Entidades Locales del...

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