Resolución expedientes administrativos sobre vehículos que se encuentran en situación de abandono, tanto en la vía pública como en el depósito municipal (Expediente 2013/170 y otros).

SecciónAdministración Local del Territorio Histórico de Bizkaia
EmisorAyuntamiento de Barakaldo

Resolución expedientes administrativos sobre vehículos que se encuentran en situación de abandono, tanto en la vía pública como en el depósito municipal (Expediente 2013/170 y otros).

No habiéndose podido notificar en forma individualizada los requerimientos de retirada de los vehículos que a continuación se relacionan, por resultar desconocidos, ausentes en sus domicilios u otras causas relativos a los expedientes citados en el encabezamiento, se hace público el presente anuncio en este Boletín Oficial, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (en adelante, LPC).

Antecedentes de Hecho

Primero.-Por este Ayuntamiento fueron incoados como Residuo Doméstico los vehículos que figuran en el Anexo como consecuencia de la situación de abandono por tiempo superior a 1 mes en la vía pública ó 2 meses en depósito municipal.

Segundo.-Se cursaron los correspondientes requerimientos a los titulares con objeto de que en el plazo de 1 mes ejercitaran la opción legal de recuperar retirándolo del Depósito Municipal, previo abono de los gastos originados como consecuencia de la retirada del vehículo de la vía pública o del depósito municipal, de acuerdo con las tarifas de la Ordenanza fiscal vigente y presentado la documentación señalada en el mismo; o bien de personarse en la Comisaría Municipal con objeto de llevar a cabo la donación del vehículo.

Los citados requerimientos advertían de que en caso de no proceder a ninguna de las actuaciones anteriores, se procedería al tratamiento del vehículo como Residuo Doméstico.

Fundamentos de Derecho

Primero.-El Artículo 86.1 del Texto Articulado de la Ley sobre Tráfico y Seguridad Vial, aprobado por Real Decreto Legislativo 339/1990 de 2 de marzo, según redacción dada por la Ley 18/2009, de 23 de noviembre (en adelante L.T.S.V.) considera como Residuo Doméstico a los vehículos abandonados, entendiendo por tales los que transcurridos más de 2 meses desde su retirada de la vía pública por la autoridad competente continúen en el Depósito sin que sus titulares hubieran formulado alegaciones, así como aquellos vehículos que permanezcan estacionados por un periodo superior a un mes en el mismo lugar y presenten desperfectos que hagan imposible su desplazamiento por sus propios medios o les faltan las placas de matrícula que permanezcan más de un mes en el mismo lugar. En este...

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