Resolución de Presidencia de incoación expediente Sancionador 1/2014

SecciónPrimera. Contratación Pública
EmisorCONSEJO INSULAR DE FORMENTERA
Rango de LeyResolución

No habiendo sido posible la notificación personal al interesado en el domicilio indicado en el expediente, de acuerdo con lo establecido en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común y en cumplimiento de la normativa de protección de datos de carácter personal, se procede a la publicación del presente anuncio de resolución emitida por el Presidente del Consell Insular de Formentera el día 12 de marzo de 2014

JAUME FERRER RIBAS, Presidente del Consell Insular de Formentera, Illes Balears

Visto el expediente de Restablecimiento de la Legalidad Urbanística 6/2013 incoado contra el Sr. PIER LAURO CONSOLANDI, como promotor de obras, consistentes en la "Construcción de una caseta vivienda de 3,50 x 6m aproximadamente" a "Casa Tamara", Vénda de Sa Punta **** y que terminó con la orden de demolición de 25 de septiembre de 2013.

Visto el expediente sancionador 6/2013 incoado contra el Sr. PIER LAURO CONSOLANDI, caducado, mediante decreto de Presidencia de 12 de marzo de 2014, al haberse agotado el plazo máximo para su resolución.

Visto el informe de la Policía de 11 de marzo de 2014 en el que se dice que en dicha ubicación se siguen haciendo obras.

Visto que la infracción no ha prescrito en ningún caso.

Visto el artículo 9.2 v) de la Ley 8/2000 de 27 de octubre de los Consells Insulars de las Illes Balears relativo a las competencias para imponer sanciones.

Visto el Decreto 14/1994 de 10 de febrero, sobre el procedimiento a seguir en el ejercicio de la potestad sancionadora.

Por todo lo anterior,

HE RESUELTO

  1. - INICIAR expediente sancionador contra el Sr. PIER LAURO CONSOLANDI, como promotor, por la comisión de una infracción consistente en la realización de actuaciones que, sujetas a licencia, se realizan sin ésta, consistente en la Construcción de una caseta vivienda de 3,50 x 6m aproximadamente a "Casa Tamara", Vénda de Sa Punta **** .

  2. - Designar como instructor y como secretario del expediente que se instruye por la infracción urbanística cometida, respectivamente al Sr. David Francés Alonso letrado del Consell Insular y al Sr. Raúl Moya Díaz funcionario del Departamento de Urbanismo de la Corporación. Se puede formular recusación contra las personas designadas en cualquier momento anterior a la resolución de este expediente, de acuerdo con lo dispuesto en los art. 28 y 29 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de la...

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