Aprobación de las bases específicas y de la convocatoria pública para la concesión de subvenciones destinadas a las ayudas para la adquisición de libros de texto 2014
Sección | III. Otras disposiciones y actos administrativos |
Emisor | CONSEJO INSULAR DE FORMENTERA |
La Comisión de Gobierno del Consell Insular de Formentera, en sesión celebrada el 7 de abril de 2014, y en el ejercicio de sus competencias, sobre la base de aquello propuesto (que conforme al articulo 54 y 89.3 y 5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, supone la motivación de este acto), adopta, por unanimidad, el siguiente acuerdo:
“ Bases para la convocatoria de ayudas para la adquisición de los libros de texto 2014
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- Objecto de la convocatoria
El objecto de estas bases es la regulación de la convocatoria pública para la concesión de subvenciones para la adquisición de los libros para el fondo de reutilización de libros de texto a los centros de primaria y secundaria, y ayudas individuales para la adquisición de libres de texto para los estudiantes que cursen estudios de educación infantil, en Formentera, para el curso 2013–2014, y que estén empadronados en esta isla.
Las subvenciones se concederán en régimen de concurrencia competitiva y el objetivo es promover el uso solidario y cooperativo de los libros de texto reutilizables y el material didáctico de los cursos y niveles correspondientes a la enseñanza obligatoria, y acepta colaborar con la Consejería de Educación del Gobierno de les Illes Balears en la tarea de llevar a cabo con la mayor efectividad posible el programa de reutilización de los libros de textos.
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- Personas beneficiarios
Pueden beneficiar se de las ayudas previstas en esta convocatoria, para el curso académico 2013–2014 las personas y los centros que se encuentren en alguna de las circunstancias siguientes:
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- Plazo de presentación de las solicitudes
Las solicitudes se han de presentar en el registro general de entrada del Consell Insular de Formentera en la Oficina de Atención Ciudadana (OAC) situada en la calle Ramón Lull, nº. 6, San Francisco Javier del Consell Insular de Formentera, de 09.00 a 14.00 horas, dentro del plazo de 30 días a partir del día siguiente a la fecha de publicación en el BOIB. No se aceptara ninguna solicitud fuera de este plazo.
Así mismo, se podrá emplear cualquiera de los medios previstos en el art. 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (LRJPAC).
4 - Requisitos y documentación a presentar
Los modelos de solicitud se encontraran en la Consejería de Educación, Cultura y Patrimonio, y en la...
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