Acuerdo del Pleno de la Comisión de Medio Ambiente de las Illes Balears de la Modificación puntual nº2 de las Normas Subsidiarias de la zona s’Argamasa, Santa Eulària des Riu

SecciónIII. Otras disposiciones y actos administrativos
EmisorCONSEJERÍA DE AGRICULTURA, MEDIO AMBIENTE Y TERRITORIO
Rango de LeyAcuerdo

En relación con el asunto de referencia, y de acuerdo con el apartado 1 del artículo 92 de la Ley 11/2006, de 14 de septiembre, de evaluaciones de impacto ambiental y evaluaciones ambientales estratégicas en las Illes Balears, se comunica que el Pleno de la CMAIB, en sesión de 3 de diciembre de 2013

CONSIDERANDO

  1. Que el objeto de la presente modificación consiste, básicamente, en:

    1. La adecuación y dignificación de los terrenos que constituyen el entorno inmediato del acueducto romano (BIC), mediante la recalificación como espacio libre público (ELP) y su cesión obligatoria y gratuita; la demolición de parte del establecimiento hotelero que actualmente se encuentra sobre el acueducto;

    2. La adecuación de los espacios exteriores anejos al establecimiento hotelero mediante la recalificación como Espacio libre privado de parte de los actuales ELP.

  2. Que de acuerdo con el artículo 96 de la Ley 11/2006, el Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu realizó, en fecha 27/8/2013, las consultas a las siguientes administraciones públicas afectadas:

    -De la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio:

    +A la Dirección General de Ordenación del Territorio.

    +A la Dirección General de Recursos Hídricos (Servicio de Estudios y Planificación).

    +A la Dirección General de Recursos Hídricos (Servicio de Aguas Superficiales).

    +A l’ABAQUA.

    -De la Consejería de Administraciones Públicas:

    +A la Dirección General de Interior, Emergencias y Justicia.

    -Del Consell Insular d’Eivissa:

    +Al Departamento de Territorio.

    +Al Departamento de Turismo.

    -Demarcación de Costas en las Illes Balears (Dirección General de Sostenibilidad de Costa y el Mar).

  3. Que tan sólo se ha recibido respuesta del Consejo Insular d’Eivissa, que ha enviado el Acuerdo del Consejo Ejecutivo de 23 de septiembre de 2013, sobre aceptación de distintos informes de los distintos departamentos del Consejo:

    -Departamento de Movilidad, Interior y Medio Ambiente: considera que no se prevén efectos significativos sobre el medio ambiente.

    -Departamento de Educación, Cultura y Patrimonio: considera que “...la modificación pretendida afecta parcialmente el ámbito del BIC de S’Argamasa. En consecuencia, sólo puede ser considerado en el marco de un Plan Especial de Protección de la zona patrimonial de acuerdo con la Ley 12/1998, de 21 de diciembre, del Patrimonio Histórico de las Illes Balears.”

    -Departamento de Territorio: esta modificación implica la eliminación del actual acceso público a la mar; así...

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